III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Educación. (BOE-A-2021-19768)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, por la que se establece la implantación, organización y desarrollo de las unidades de acompañamiento y orientación personal y familiar para el alumnado educativamente vulnerable en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147976
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Planificación y Gestión Educativa, por la que se establece la implantación,
organización y desarrollo de las unidades de acompañamiento y orientación
personal y familiar para el alumnado educativamente vulnerable en los
centros docentes sostenidos con fondos públicos de Ceuta y Melilla.
La Resolución del Consejo de la Unión Europea 2021/C/66/01 sobre el marco
estratégico para la cooperación europea en educación y formación hacia el Área
Europea de Educación (2021 2030), establece como prioridad estratégica para la
próxima década mejorar la calidad, la equidad, la inclusión y el éxito para todos. Así, la
UE ha establecido, entre otros, los siguientes indicadores a alcanzar: la reducción de las
tasas de repetición y de abandono temprano de la educación y la formación, en especial
del alumnado considerado educativamente vulnerable.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, recoge en su artículo 81 que la escolarización
del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa se regirá por los principios
de participación e inclusión y asegurará su no discriminación ni segregación y la igualdad
efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo a través de la adopción
de las medidas necesarias para actuar de forma preventiva con el alumnado en situación
de vulnerabilidad socioeducativa con objeto de favorecer su éxito escolar, entre ellas, las
medidas necesarias para desarrollar acciones de acompañamiento y tutorización con el
alumnado que se encuentre en esta situación y con sus familias.
La Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación de la
educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de
orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las
ciudades de Ceuta y Melilla indica en su artículo 3 que la acción educativa estará
encaminada a atender a la diversidad del alumnado para lo que se adoptarán las
medidas organizativas y curriculares oportunas, que promoverán la equidad que
garantice la igualdad de oportunidades de acceso, permanencia y promoción en el
sistema educativo, al igual que una educación de calidad para todos.
También recalca el apartado 11 de dicho artículo que el Ministerio de Educación y los
centros educativos, en aplicación de los principios de accesibilidad universal y diseño
para todos, arbitrarán las medidas que permitan eliminar las barreras de todo tipo que
dificulten el acceso y permanencia del alumnado en el sistema educativo, así como el
logro de los objetivos establecidos con carácter general.
El Programa de Unidades de acompañamiento y orientación personal y familiar al
alumnado educativamente vulnerable (UAO) es un programa financiado para Ceuta y
Melilla por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Unión Europea en el
marco del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como actuaciones
dentro de la Inversión 3 «Creación de Unidades de Acompañamiento y Orientación
Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos
o psicopedagógicos situados en zonas y distritos escolares» del Componente 21
«Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana
de 0 a 3 años», y con cargo a la aplicaciones presupuestarias del capítulo 1 de la
clasificación orgánica y funcional 18.50.08.320G del Presupuesto General del Estado.
Dicha actuación posibilita la creación de Unidades de Acompañamiento y Orientación
Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable para que, en colaboración
con el resto de estructuras de orientación y asesoramiento psicopedagógico, se
favorezca la puesta en marcha de actuaciones de acompañamiento a las trayectorias
cve: BOE-A-2021-19768
Verificable en https://www.boe.es
19768
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147976
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Planificación y Gestión Educativa, por la que se establece la implantación,
organización y desarrollo de las unidades de acompañamiento y orientación
personal y familiar para el alumnado educativamente vulnerable en los
centros docentes sostenidos con fondos públicos de Ceuta y Melilla.
La Resolución del Consejo de la Unión Europea 2021/C/66/01 sobre el marco
estratégico para la cooperación europea en educación y formación hacia el Área
Europea de Educación (2021 2030), establece como prioridad estratégica para la
próxima década mejorar la calidad, la equidad, la inclusión y el éxito para todos. Así, la
UE ha establecido, entre otros, los siguientes indicadores a alcanzar: la reducción de las
tasas de repetición y de abandono temprano de la educación y la formación, en especial
del alumnado considerado educativamente vulnerable.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, recoge en su artículo 81 que la escolarización
del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa se regirá por los principios
de participación e inclusión y asegurará su no discriminación ni segregación y la igualdad
efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo a través de la adopción
de las medidas necesarias para actuar de forma preventiva con el alumnado en situación
de vulnerabilidad socioeducativa con objeto de favorecer su éxito escolar, entre ellas, las
medidas necesarias para desarrollar acciones de acompañamiento y tutorización con el
alumnado que se encuentre en esta situación y con sus familias.
La Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación de la
educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de
orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las
ciudades de Ceuta y Melilla indica en su artículo 3 que la acción educativa estará
encaminada a atender a la diversidad del alumnado para lo que se adoptarán las
medidas organizativas y curriculares oportunas, que promoverán la equidad que
garantice la igualdad de oportunidades de acceso, permanencia y promoción en el
sistema educativo, al igual que una educación de calidad para todos.
También recalca el apartado 11 de dicho artículo que el Ministerio de Educación y los
centros educativos, en aplicación de los principios de accesibilidad universal y diseño
para todos, arbitrarán las medidas que permitan eliminar las barreras de todo tipo que
dificulten el acceso y permanencia del alumnado en el sistema educativo, así como el
logro de los objetivos establecidos con carácter general.
El Programa de Unidades de acompañamiento y orientación personal y familiar al
alumnado educativamente vulnerable (UAO) es un programa financiado para Ceuta y
Melilla por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Unión Europea en el
marco del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como actuaciones
dentro de la Inversión 3 «Creación de Unidades de Acompañamiento y Orientación
Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos
o psicopedagógicos situados en zonas y distritos escolares» del Componente 21
«Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana
de 0 a 3 años», y con cargo a la aplicaciones presupuestarias del capítulo 1 de la
clasificación orgánica y funcional 18.50.08.320G del Presupuesto General del Estado.
Dicha actuación posibilita la creación de Unidades de Acompañamiento y Orientación
Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable para que, en colaboración
con el resto de estructuras de orientación y asesoramiento psicopedagógico, se
favorezca la puesta en marcha de actuaciones de acompañamiento a las trayectorias
cve: BOE-A-2021-19768
Verificable en https://www.boe.es
19768