I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Tasas. (BOE-A-2021-19727)
Ley 7/2021, de 7 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, y la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Martes 30 de noviembre de 2021

Sec. I. Pág. 147824

Si sobre una misma muestra se aplica más de un método, se sumarán los
importes de los mismos. Se establece una tasa máxima por muestra de 90 euros.
3.
3.1
3.2
3.3
3.4

Análisis microbiológicos:
Identificación bacteriana: 17 euros/muestra.
Análisis bacteriológicos, estudio de inhibidores: 22,50 euros/muestra.
Análisis bacteriológicos, estudio de Salmonella: 22,50 euros/muestra.
Análisis bacteriológicos, antibiograma: 9 euros/muestra.

4. Análisis parasitológicos: 7 euros/muestra.
5. Análisis histológicos: 7 euros/muestra.
6. Análisis serológicos:
6.1
6.2
6.3
6.4
7.

Seroaglutinación: 0,50 euros/muestra.
Fijación del complemento: 1,50 euros/muestra.
Enzimoinmunoensayo (ELISA): 3 euros/muestra.
Gel difusión: 0,50 euros/muestra.
Análisis de biología molecular, PCR-RT: 12,50 euros/muestra.»

Cinco. Se modifican los artículos 45, 49 y 53 del capítulo XII. Tasa 12 por
inspecciones y controles sanitarios oficiales de animales y sus productos.
Cinco.1

Se modifica el apartado 4 del artículo 45, con la siguiente redacción:

«4. No estarán sujetas a esta tasa las actuaciones de inspección sanitaria
que se realicen sobre cerdos sacrificados por matanza domiciliaria para las
necesidades personales y el reconocimiento sanitario de jabalíes abatidos en
cacería destinados al consumo privado.»
Cinco.2 Se sustituye el cuadro de tarifas que incluye el apartado 2 del artículo 49
por el siguiente:
«Concepto: Inspección sanitaria de mataderos

Importe

Euros/animal

Carne de vacuno:
Tarifa 01.

Tarifa 02.

– vacunos menores de 24 meses.

2,06

– vacunos mayores o iguales a 24 meses.

5,15

Solípedos / Équidos.

3,09

Carne de porcino. Animales de un peso canal:
Tarifa 03.

– inferior o igual a 15 kg.

0,10

– superior a 15 kg e inferior a 25 kg.

0,52

– superior o igual a 25 kg.

1,03

Tarifa 04.

– de menos de 12 kg.

0,15

– superior o igual a 12 kg.

0,25

cve: BOE-A-2021-19727
Verificable en https://www.boe.es

Carne de ovino y de caprino. Animales de un peso canal: