I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Tasas. (BOE-A-2021-19727)
Ley 7/2021, de 7 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, y la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 147845
Tarifa 22. Por la autorización o sellado de vertederos y sus modificaciones, la
cuota se calculará sobre el importe del presupuesto de ejecución material del
proyecto mediante la aplicación de la siguiente escala de gravamen:
Presupuesto de ejecución material del proyecto
Cuota
–
Euros
Hasta 400.000 euros.
1.277,64
Desde 400.000,01 euros hasta 1.500.000 euros.
1.886,04
De más de 1.500.000 euros hasta 3.000.000 euros.
2.816,89
De más de 3.000.000 euros hasta 10.000.000 euros.
3.772,08
De más de 10.000.000 euros.
6.000,00
Tarifa 23. Por la autorización, prórroga o modificación de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera: cuota de 304,2 euros.
Tarifa 24. Por la inscripción en el Registro de actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera, así como su modificación o ampliación: cuota
de 180,42 euros.
Tarifa 25. Por la autorización o modificación de plantas de biogás, plantas de
compostaje, plantas de incineración y coincineración con subproductos animales
no destinados a consumo humano y sus modificaciones, la cuota se calculará
sobre el importe del presupuesto de ejecución material del proyecto mediante la
aplicación de la siguiente escala de gravamen:
Presupuesto de ejecución material del proyecto
Cuota
–
Euros
Hasta 400.000 euros.
1.277,64
Desde 400.000,01 euros hasta 1.500.000 euros.
1.886,04
De más de 1.500.000 euros hasta 3.000.000 euros.
2.816,89
De más de 3.000.000 euros hasta 10.000.000 euros.
3.772,08
De más de 10.000.000 euros.
6.000,00
Presupuesto de ejecución material del proyecto
Cuota
–
Euros
Hasta 400.000 euros.
1.277,64
Desde 400.000,01 euros hasta 1.500.000 euros.
1.886,04
De más de 1.500.000 euros hasta 3.000.000 euros.
2.816,89
De más de 3.000.000 euros.
3.772,08
cve: BOE-A-2021-19727
Verificable en https://www.boe.es
Tarifa 26. Por la inscripción de recogedor de residuos no peligrosos y sus
modificaciones: cuota de 146,02 euros.
Tarifa 27. Por la inscripción de recogedor de residuos peligrosos y sus
modificaciones: cuota de 180,42 euros.
Tarifa 28. Por la autorización para la apertura al público, modificación
sustancial o ampliación de parques zoológicos, la cuota se calculará sobre el
importe del presupuesto de ejecución material del proyecto mediante la aplicación
de la siguiente escala de gravamen:
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 147845
Tarifa 22. Por la autorización o sellado de vertederos y sus modificaciones, la
cuota se calculará sobre el importe del presupuesto de ejecución material del
proyecto mediante la aplicación de la siguiente escala de gravamen:
Presupuesto de ejecución material del proyecto
Cuota
–
Euros
Hasta 400.000 euros.
1.277,64
Desde 400.000,01 euros hasta 1.500.000 euros.
1.886,04
De más de 1.500.000 euros hasta 3.000.000 euros.
2.816,89
De más de 3.000.000 euros hasta 10.000.000 euros.
3.772,08
De más de 10.000.000 euros.
6.000,00
Tarifa 23. Por la autorización, prórroga o modificación de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera: cuota de 304,2 euros.
Tarifa 24. Por la inscripción en el Registro de actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera, así como su modificación o ampliación: cuota
de 180,42 euros.
Tarifa 25. Por la autorización o modificación de plantas de biogás, plantas de
compostaje, plantas de incineración y coincineración con subproductos animales
no destinados a consumo humano y sus modificaciones, la cuota se calculará
sobre el importe del presupuesto de ejecución material del proyecto mediante la
aplicación de la siguiente escala de gravamen:
Presupuesto de ejecución material del proyecto
Cuota
–
Euros
Hasta 400.000 euros.
1.277,64
Desde 400.000,01 euros hasta 1.500.000 euros.
1.886,04
De más de 1.500.000 euros hasta 3.000.000 euros.
2.816,89
De más de 3.000.000 euros hasta 10.000.000 euros.
3.772,08
De más de 10.000.000 euros.
6.000,00
Presupuesto de ejecución material del proyecto
Cuota
–
Euros
Hasta 400.000 euros.
1.277,64
Desde 400.000,01 euros hasta 1.500.000 euros.
1.886,04
De más de 1.500.000 euros hasta 3.000.000 euros.
2.816,89
De más de 3.000.000 euros.
3.772,08
cve: BOE-A-2021-19727
Verificable en https://www.boe.es
Tarifa 26. Por la inscripción de recogedor de residuos no peligrosos y sus
modificaciones: cuota de 146,02 euros.
Tarifa 27. Por la inscripción de recogedor de residuos peligrosos y sus
modificaciones: cuota de 180,42 euros.
Tarifa 28. Por la autorización para la apertura al público, modificación
sustancial o ampliación de parques zoológicos, la cuota se calculará sobre el
importe del presupuesto de ejecución material del proyecto mediante la aplicación
de la siguiente escala de gravamen: