I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2021-19645)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para el pago por vía telemática de determinadas tasas.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sec. I. Pág. 147264

del cual se efectuará el pago electrónico de la tasa a través de las entidades financieras
colaboradoras en la gestión recaudatoria.
d) Una vez efectuado el pago, la entidad colaboradora generará el número de
referencia completo (NRC), que será enviado por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria a este Ministerio, el cual, después de efectuar las comprobaciones oportunas,
enviará un mensaje al interesado de confirmación de la realización del ingreso. Se
generará un justificante de pago para el ciudadano. En este justificante figurará el
número de referencia completo (NRC). El justificante junto con el NRC generado por la
entidad bancaria, acreditarán el pago de la tasa.
e) En el supuesto de que el pago fuese rechazado, se mostrarán en pantalla los
datos y la descripción de los errores detectados. Este Ministerio pondrá a disposición de
los interesados los mecanismos de ayuda y soporte a la operación que serán publicados
y accesibles a través de la sede del Ministerio.
f) Las tasas se ingresarán a través de cuentas restringidas abiertas en las
entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria
que tiene encomendada la Agencia Estatal de Administración Tributaria en los términos
establecidos en la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla
parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que
prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria modificada por la Orden HAP/122/2015, de 23 de enero, de
acuerdo con el procedimiento dispuesto en la Resolución de 3 de junio de 2009, de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a
los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades
colaboradoras con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios y, en particular,
para el pago de deudas por el sistema de cargo en cuenta o mediante la utilización de
tarjetas de crédito o débito.
Quinto.

Eficacia.

Esta resolución producirá efectos en el plazo de un mes desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado»

cve: BOE-A-2021-19645
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de noviembre de 2021.–El Subsecretario de Universidades, Luis Cerdán
Ortiz-Quintana.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X