II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2021-19677)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Santa Cruz de Tenerife.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285
Lunes 29 de noviembre de 2021
4.
Sec. II.B. Pág. 147390
Las personas concursantes deberán adjuntar a la solicitud:
– Nombramiento de personal funcionario del cuerpo al que pertenezca, en el caso de
no ser funcionario perteneciente a la Administración de Justicia de Canarias.
– Diligencia de toma de posesión de la última plaza desempeñada en propiedad, en
el caso de no ser funcionario perteneciente a la Administración de Justicia de Canarias.
– Certificación actualizada de los servicios prestados en el cuerpo como funcionario
de carrera. Los servicios prestados se computarán hasta la fecha de publicación de la
presente resolución en el «Boletín Oficial de Canarias». La Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias aportará de oficio
los correspondientes certificados de los funcionarios pertenecientes a la Administración
de Justicia de Canarias.
En todos los documentos que se presenten deberá figurar el sello de la entidad
correspondiente y la identificación, nombre y apellidos, de la autoridad competente. La
persona participante, al firmar digitalmente su solicitud, se responsabiliza expresamente
de la veracidad de la documentación aportada.
La Administración podrá requerir a las personas interesadas en cualquier momento
para que justifique aquellos méritos sobre los que se planteen dudas o reclamaciones.
La presentación de documentación acreditativa de un mérito que contenga algún defecto
subsanable se indicará en la resolución de adjudicación provisional, a efectos de
conceder plazo de subsanación a la persona participante.
5. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias, en el sentido de que no será
posible modificar la misma. Si se desea rectificar la instancia se podrá presentar una
nueva solicitud, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual
anulará automáticamente la presentada anteriormente. Igualmente, solo durante dicho
periodo podrá renunciar expresamente a su participación en el concurso.
6. Concluido el plazo de presentación de instancias la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia dictará la resolución aprobando la lista
provisional de personas concursantes, la cual será publicada en la intranet de justicia y
en dirección electrónica www.gobiernodecanarias.org/justicia.
7. Publicada la lista provisional de aspirantes se otorgará un plazo de diez días
hábiles para reclamaciones.
9. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia resolverá
las reclamaciones y aprobará la lista definitiva de concursantes, que tendrá igual
exposición al público que la lista provisional.
Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian dos funcionarios/as del
Cuerpo de Médicos Forenses, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos/as
obtengan destino, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones
condicionadas efectuadas por ambos/as. El personal funcionario que se acoja a esta
petición condicionada, deberá concretarlo en su instancia en el apartado C,
especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y
acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario/a. Si alguna de las personas
concursantes no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la
petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión
de Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.
Séptima.
Valoración de las solicitudes.
La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración que será
nombrada por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración
cve: BOE-A-2021-19677
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 285
Lunes 29 de noviembre de 2021
4.
Sec. II.B. Pág. 147390
Las personas concursantes deberán adjuntar a la solicitud:
– Nombramiento de personal funcionario del cuerpo al que pertenezca, en el caso de
no ser funcionario perteneciente a la Administración de Justicia de Canarias.
– Diligencia de toma de posesión de la última plaza desempeñada en propiedad, en
el caso de no ser funcionario perteneciente a la Administración de Justicia de Canarias.
– Certificación actualizada de los servicios prestados en el cuerpo como funcionario
de carrera. Los servicios prestados se computarán hasta la fecha de publicación de la
presente resolución en el «Boletín Oficial de Canarias». La Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias aportará de oficio
los correspondientes certificados de los funcionarios pertenecientes a la Administración
de Justicia de Canarias.
En todos los documentos que se presenten deberá figurar el sello de la entidad
correspondiente y la identificación, nombre y apellidos, de la autoridad competente. La
persona participante, al firmar digitalmente su solicitud, se responsabiliza expresamente
de la veracidad de la documentación aportada.
La Administración podrá requerir a las personas interesadas en cualquier momento
para que justifique aquellos méritos sobre los que se planteen dudas o reclamaciones.
La presentación de documentación acreditativa de un mérito que contenga algún defecto
subsanable se indicará en la resolución de adjudicación provisional, a efectos de
conceder plazo de subsanación a la persona participante.
5. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias, en el sentido de que no será
posible modificar la misma. Si se desea rectificar la instancia se podrá presentar una
nueva solicitud, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual
anulará automáticamente la presentada anteriormente. Igualmente, solo durante dicho
periodo podrá renunciar expresamente a su participación en el concurso.
6. Concluido el plazo de presentación de instancias la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia dictará la resolución aprobando la lista
provisional de personas concursantes, la cual será publicada en la intranet de justicia y
en dirección electrónica www.gobiernodecanarias.org/justicia.
7. Publicada la lista provisional de aspirantes se otorgará un plazo de diez días
hábiles para reclamaciones.
9. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia resolverá
las reclamaciones y aprobará la lista definitiva de concursantes, que tendrá igual
exposición al público que la lista provisional.
Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian dos funcionarios/as del
Cuerpo de Médicos Forenses, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos/as
obtengan destino, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones
condicionadas efectuadas por ambos/as. El personal funcionario que se acoja a esta
petición condicionada, deberá concretarlo en su instancia en el apartado C,
especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y
acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario/a. Si alguna de las personas
concursantes no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la
petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión
de Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.
Séptima.
Valoración de las solicitudes.
La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración que será
nombrada por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración
cve: BOE-A-2021-19677
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.