III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2021-19625)
Orden ICT/1307/2021, de 24 de noviembre, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de las convocatorias de concesión de subvenciones correspondientes a la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y la línea de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Sábado 27 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 146145

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
19625

Orden ICT/1307/2021, de 24 de noviembre, por la que se acuerda la
tramitación de urgencia de las convocatorias de concesión de subvenciones
correspondientes a la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas
urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de
comercialización, la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial
en zonas rurales y la línea de ayudas para el fortalecimiento de la actividad
comercial en zonas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, permite acordar de oficio, cuando razones de
interés público lo aconsejen, la aplicación de los procedimientos administrativos de la
tramitación de urgencia, por la cual se reducen a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Así, de acuerdo con lo señalado en dicho precepto, este Ministerio acuerda tramitar
de urgencia los procedimientos relativos a las convocatorias de ayudas incluidas en la
Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases
reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas
comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede
a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia; la Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre, por la que se
establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo de la actividad
comercial en zonas rurales y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y la Orden ICT/951/2021 de 10
de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas
para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su
convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en lo que se refiere a la tramitación de la convocatoria de ayudas de 2021,
motivando la presente decisión en los siguientes hechos y fundamentos:
Antecedentes de hecho
Primero.

a) la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales,
comercio no sedentario y canales cortos de comercialización,
b) la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y
c) la línea de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas
turísticas.
Segundo.
Al tratarse de programas de ayudas de carácter novedoso, la tramitación del inicio de
las respectivas convocatorias se ha alargado en el tiempo y no ha sido posible

cve: BOE-A-2021-19625
Verificable en https://www.boe.es

Por órdenes de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo de 10 de septiembre
de 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se
aprobaron las bases reguladoras y las convocatorias correspondientes a 2021, de las
siguientes líneas de subvenciones: