II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2021-19547)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 145766
Subsecretaría ha resuelto convocar el presente concurso público de méritos, que se
ajustará a las siguientes
Bases
Primera. Requisitos.
Podrán solicitar estos puestos el personal funcionario de carrera perteneciente a los
cuerpos docentes que se especifican en el anexo I, cualquiera que sea la Administración
educativa de la que dependan, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
A)
Requisitos generales de participación.
1. Contar con una antigüedad mínima de tres años como funcionario o funcionaria
de carrera en servicio activo en el respectivo cuerpo docente desde el que se participe
en el concurso, computados hasta la fecha de conclusión del plazo de presentación de
instancias. A los efectos del cómputo del periodo mínimo antes señalado, se tendrá en
cuenta el tiempo que el profesorado que pertenezca al Cuerpo de Catedráticos de
Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas hayan prestado como
personal funcionario de carrera de los respectivos cuerpos docentes.
2. Hallarse en situación de servicio activo en el cuerpo al que correspondan los
puestos solicitados, y ser titular de las especialidades requeridas para esos puestos o,
en el caso del Cuerpo de Maestros, acreditar haber obtenido la habilitación para puestos
de la especialidad de acuerdo con la normativa anterior a la entrada en vigor del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, o bien tener reconocida la correspondiente
especialidad por la Administración educativa de la que dependa, conforme a lo
establecido en el artículo 4 y en la disposición transitoria segunda del Real
Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre.
3. Haber prestado servicios durante tres cursos académicos completos en España
como personal funcionario de carrera del cuerpo desde el que se participa, computados
desde la fecha de cese en el exterior hasta la finalización del curso escolar en que se
publica esta convocatoria, en los siguientes supuestos:
Cuando el cese del personal docente al que se refieren los apartados 3.1 y 3.4
anteriores se realice en puesto de Argentina, Australia, Brasil o Nueva Zelanda, se
tomará como fecha de referencia para el inicio del cómputo la fecha de finalización del
curso inmediatamente anterior en España.
4. Para puestos en Escuelas Europeas, no haber estado adscrito anteriormente,
por concurso de méritos a puestos de estas Escuelas.
5. No tener condena por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
6. Estos requisitos generales deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento hasta la
resolución definitiva del concurso.
cve: BOE-A-2021-19547
Verificable en https://www.boe.es
3.1 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
estado destinados en el exterior por concurso público de méritos.
3.2 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
ocupado puestos de libre designación en la Administración educativa en el exterior.
3.3 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
ocupado puestos convocados directamente por las Escuelas Europeas para cualquiera
de sus sedes.
3.4 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
agotado el tiempo máximo de permanencia en el exterior en régimen de comisión de
servicios de manera ininterrumpida.
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 145766
Subsecretaría ha resuelto convocar el presente concurso público de méritos, que se
ajustará a las siguientes
Bases
Primera. Requisitos.
Podrán solicitar estos puestos el personal funcionario de carrera perteneciente a los
cuerpos docentes que se especifican en el anexo I, cualquiera que sea la Administración
educativa de la que dependan, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
A)
Requisitos generales de participación.
1. Contar con una antigüedad mínima de tres años como funcionario o funcionaria
de carrera en servicio activo en el respectivo cuerpo docente desde el que se participe
en el concurso, computados hasta la fecha de conclusión del plazo de presentación de
instancias. A los efectos del cómputo del periodo mínimo antes señalado, se tendrá en
cuenta el tiempo que el profesorado que pertenezca al Cuerpo de Catedráticos de
Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas hayan prestado como
personal funcionario de carrera de los respectivos cuerpos docentes.
2. Hallarse en situación de servicio activo en el cuerpo al que correspondan los
puestos solicitados, y ser titular de las especialidades requeridas para esos puestos o,
en el caso del Cuerpo de Maestros, acreditar haber obtenido la habilitación para puestos
de la especialidad de acuerdo con la normativa anterior a la entrada en vigor del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, o bien tener reconocida la correspondiente
especialidad por la Administración educativa de la que dependa, conforme a lo
establecido en el artículo 4 y en la disposición transitoria segunda del Real
Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre.
3. Haber prestado servicios durante tres cursos académicos completos en España
como personal funcionario de carrera del cuerpo desde el que se participa, computados
desde la fecha de cese en el exterior hasta la finalización del curso escolar en que se
publica esta convocatoria, en los siguientes supuestos:
Cuando el cese del personal docente al que se refieren los apartados 3.1 y 3.4
anteriores se realice en puesto de Argentina, Australia, Brasil o Nueva Zelanda, se
tomará como fecha de referencia para el inicio del cómputo la fecha de finalización del
curso inmediatamente anterior en España.
4. Para puestos en Escuelas Europeas, no haber estado adscrito anteriormente,
por concurso de méritos a puestos de estas Escuelas.
5. No tener condena por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
6. Estos requisitos generales deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento hasta la
resolución definitiva del concurso.
cve: BOE-A-2021-19547
Verificable en https://www.boe.es
3.1 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
estado destinados en el exterior por concurso público de méritos.
3.2 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
ocupado puestos de libre designación en la Administración educativa en el exterior.
3.3 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
ocupado puestos convocados directamente por las Escuelas Europeas para cualquiera
de sus sedes.
3.4 Personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos docentes que hubieran
agotado el tiempo máximo de permanencia en el exterior en régimen de comisión de
servicios de manera ininterrumpida.