II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2021-19546)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 145746
e) Documentación justificativa del requisito específico de conocimiento de idioma a
que se refiere la Base Primera, apartado B. de esta convocatoria. Este requisito se
acreditará mediante alguno de los títulos académicos o certificados que se indican a
continuación:
1) Para acreditar un nivel avanzado C1, correspondiente al nivel C1 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en los idiomas de francés e inglés,
únicamente se tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Certificado de nivel avanzado C1 o nivel avanzado C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» de 23).
– Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los recogidos por las mesas lingüísticas de francés e inglés de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
2) Para acreditar el nivel intermedio B2 correspondiente al nivel B2 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se
tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
– Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
– Certificado de Nivel Intermedio B2 o Niveles C1 o C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» de 23).
– Certificado de Aptitud del idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una
Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 23).
– Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica cuando el citado título esté homologado por el departamento ministerial
competente.
– Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los establecidos por las mesas lingüísticas de alemán, francés,
inglés y portugués de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, así
como, en su caso, los establecidos en el anexo V de esta convocatoria, para ruso.
3) Para acreditar un nivel intermedio B1, correspondiente al Nivel B1 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, serán tenidos en
cuenta los títulos o certificaciones siguientes:
– Título de Maestro/a o equivalente, especialidad Filología en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Diplomado/a en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
– Diploma de Maestro de Catalán, para puestos de Andorra en los que se requiere
esta lengua.
cve: BOE-A-2021-19546
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 145746
e) Documentación justificativa del requisito específico de conocimiento de idioma a
que se refiere la Base Primera, apartado B. de esta convocatoria. Este requisito se
acreditará mediante alguno de los títulos académicos o certificados que se indican a
continuación:
1) Para acreditar un nivel avanzado C1, correspondiente al nivel C1 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en los idiomas de francés e inglés,
únicamente se tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Certificado de nivel avanzado C1 o nivel avanzado C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» de 23).
– Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los recogidos por las mesas lingüísticas de francés e inglés de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
2) Para acreditar el nivel intermedio B2 correspondiente al nivel B2 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se
tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
– Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
– Certificado de Nivel Intermedio B2 o Niveles C1 o C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» de 23).
– Certificado de Aptitud del idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una
Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 23).
– Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica cuando el citado título esté homologado por el departamento ministerial
competente.
– Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los establecidos por las mesas lingüísticas de alemán, francés,
inglés y portugués de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, así
como, en su caso, los establecidos en el anexo V de esta convocatoria, para ruso.
3) Para acreditar un nivel intermedio B1, correspondiente al Nivel B1 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, serán tenidos en
cuenta los títulos o certificaciones siguientes:
– Título de Maestro/a o equivalente, especialidad Filología en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Diplomado/a en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
– Diploma de Maestro de Catalán, para puestos de Andorra en los que se requiere
esta lengua.
cve: BOE-A-2021-19546
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 283