III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-19596)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Consejo Centroamericano de Acreditación de la Educación Superior, para la realización del Programa Audit Internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 26 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 146004

c. Por circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización de las
actuaciones objeto de este convenio.
d. Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de veinte días naturales las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. para evitar, si ello fuera
posible, la extinción del convenio. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de
Seguimiento. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de
la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, lo cual no conllevará derecho
a indemnización.
e. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f. Cualquier otra causa prevista en el ordenamiento jurídico.
Undécima.

Vigencia del convenio.

El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 y comenzará su
eficacia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, una vez inscrito en el REOICO. Así mismo, será publicado en el «Boletín Oficial
del Estado».
En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo, los firmantes del
convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un nuevo periodo de hasta
cuatro años o su extinción, de conformidad con el artículo 49.h.2.º de la citada ley. Esta
prórroga deberá ser comunicada al REOICO y publicada en el «Boletín Oficial del
Estado».

cve: BOE-A-2021-19596
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente convenio en el
lugar y fecha indicados en su encabezamiento.–Por el Consejo Centroamericano de
Acreditación de la Educación Superior, Lea Azucena Cruz Cruz.–Por la Agencia Nacional
de Evaluación de la Calidad y Acreditación, Mercedes Siles Molina.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X