III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-19596)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Consejo Centroamericano de Acreditación de la Educación Superior, para la realización del Programa Audit Internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 26 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 146001

De acuerdo a lo anterior, ANECA y el CCA, acuerdan suscribir el presente convenio
al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se regirá por lo dispuesto en las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del convenio es colaborar en la mejora de las universidades de
Centroamérica a través del Programa AUDIT Internacional, dirigido a favorecer el diseño,
implantación y certificación de sus sistemas de aseguramiento interno de la calidad, así
como fortalecer los mecanismos de cooperación con el CCA para el mantenimiento del
Programa.
En particular, bajo este convenio ANECA y CCA desarrollarán durante el
periodo 2021-2024 una fase en abierto del Programa AUDIT Internacional para las
universidades que deseen participar en el Programa a través de CCA, que comprenda
tanto la evaluación de los diseños de los SAIC elaborados por las universidades para dar
respuesta a los requisitos del Modelo AUDIT Internacional, como a su posterior auditoría
y eventual certificación de su implantación en las diferentes escuelas universitarias y
facultades.
Durante esta fase no se establecerá un número máximo de IES centroamericanas
que deseen participar, buscando que existan universidades representantes de todos los
países de habla hispana pertenecientes al Istmo Centroamericano.
El alcance de este convenio incluye el apoyo en el conocimiento del modelo y la
realización de la evaluación de los SAIC diseñados por las IES, así como la realización
de auditorías de implantación de los SIAC en los Centros universitarios, que se
incorporan a esta nueva fase.
Segunda.

Reconocimiento de los certificados de diseño entregados en la fase piloto.

Para aquellas universidades que lograron certificar el diseño de sus SAIC durante la
fase piloto, ambas entidades se comprometen al reconocimiento de su validez, por lo
que, si aquellas estuviesen interesadas en continuar en el programa AUDIT Internacional
durante esta nueva etapa, deberían cursar una solicitud como cualquier otra IES, pero su
punto de partida no será el mismo, es decir, podrán pasar, de acuerdo a las condiciones
generales que se establezcan en la Guía del proceso de certificación de la implantación
de los SAIC, a solicitar la certificación de la implantación del SAIC en aquellos Centros
que estuviesen recogidos bajo el alcance del diseño ya certificado.
A estas universidades se les aplicarían los precios públicos a que se refiere la
cláusula quinta, para las actividades que solicitasen.
Tercera. Obligaciones de las partes.
ANECA se compromete a:

1. Aplicar, conjuntamente con el CCA, las directrices generales y metodológicas del
Programa AUDIT Internacional dirigido a las universidades de Centroamérica que
participen en el Programa a través de CCA, sobre la base del diseño del Programa
AUDIT Internacional ya desarrollado y puesto en marcha por ANECA.
2. Facilitar formación sobre el programa AUDIT Internacional a los técnicos
designados por el CCA, así como a los evaluadores/ auditores propuestos por ambas
instituciones, de manera que se garantice un conocimiento del Programa y un criterio de
evaluación e interpretación del Modelo de referencia (AUDIT Internacional) equivalente
para todos ellos

cve: BOE-A-2021-19596
Verificable en https://www.boe.es

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