III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-19584)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la creación de una escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 26 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 145942

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
19584

Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la creación
de una escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla, han
suscrito, con fecha 17 de noviembre de 2021, un Convenio para la creación de una
nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al mecanismo de recuperación,
transformación y resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla, por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 18 de noviembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de
Melilla para la creación de una nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al
Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del
Gobierno de la Ciudad de Melilla
De una parte, la Sra. doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación
y Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 529/2021, de 10 de julio, y en uso de
la competencia establecida en el artículo 61.k de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).
De otra, el Sr. don Eduardo de Castro González, Presidente de la Ciudad de Melilla,
nombrado por Real Decreto 389/2019, de 18 de junio, en representación de la Ciudad de
Melilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley
Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.
EXPONEN

El artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la
educación asignada a los poderes públicos la obligación de garantizar este derecho. Por
su parte el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece que el Estado
debe promover programas de cooperación territorial con el fin, entre otros, de alcanzar
objetivos educativos de carácter general y contribuir a la solidaridad interterritorial y al
equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. Estos programas podrán
llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos entre las diferentes Administraciones
educativas competentes. El artículo 11 de esa misma Ley asigna al Estado la obligación
de promover acciones destinadas a favorecer que todos los alumnos pueden elegir las
opciones educativas que deseen, con independencia de su lugar de residencia, de
acuerdo con los requisitos académicos establecidos en cada caso.

cve: BOE-A-2021-19584
Verificable en https://www.boe.es

Primero.