III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-19571)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Síndrome de Down de Madrid, para la realización de prácticas formativas en itinerarios individuales de inserción laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 145859
una progresiva incorporación de las personas con discapacidad intelectual a los distintos
ámbitos de la sociedad, de manera más normalizada e inclusiva.
III. Que el Instituto Cervantes considera de utilidad el establecimiento de un marco de
colaboración que permita la realización de prácticas a los alumnos con discapacidad
intelectual, permitiendo así completar los conocimientos adquiridos en los planes formativos
proporcionados a estos alumnos por la Fundación Síndrome de Down de Madrid.
IV. Que la Fundación Síndrome de Down de Madrid, constituida en escritura
otorgada en Madrid, el 30 de junio de 1997, ante el Notario don Francisco Javier
Monedero San Martín, como sustituto de su compañero de igual residencia don Salvador
Barón Rivero, número 1856 de orden del protocolo de este último, inscrita en el Registro
de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, el día 6 de octubre de 1997, al tomo IX,
folio 179-202, hoja personal 109, modificados sus estatutos en diversas ocasiones. Es
una fundación que trabaja para favorecer la educación y la inserción laboral de las
personas con discapacidad intelectual y desarrolla unos programas formativos dentro de
los cuales se considera adecuado la realización de prácticas formativas en las
dependencias del Instituto Cervantes en Madrid.
V. Que ambas partes consideran de gran importancia el establecimiento de cauces
de colaboración para favorecer la formación que facilite la inserción laboral de las
personas con discapacidad intelectual.
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido
informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.
VII. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 15 de octubre de 2021.
VIII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 30 de septiembre de 2010 aprobó los criterios generales para la firma de convenios
para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto
Cervantes.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer fórmulas de colaboración conjunta en el
desarrollo de la formación de las personas con discapacidad intelectual, dentro de los
itinerarios definidos por la Fundación Síndrome de Down de Madrid (en adelante la
Fundación), para la inserción laboral de estas personas, facilitando la realización de
prácticas formativas no remuneradas, en la sede del Instituto Cervantes en Madrid.
Selección del alumnado.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
personas con discapacidad intelectual (en adelante los alumnos) se determinará, de
común acuerdo entre las partes, el número de los mismos que pueden realizar las
prácticas en el Instituto Cervantes.
Corresponde a la Fundación, llevar a cabo la selección del alumnado que realizarán
las prácticas formativas a que se refiere este convenio, que los presentará al Instituto
Cervantes para que dé su conformidad.
Tercera. Contenido de las prácticas.
El contenido de las prácticas realizadas en el Instituto Cervantes estará en
consonancia con la especialidad formativa de auxiliar de oficina o similares (programas
cve: BOE-A-2021-19571
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 145859
una progresiva incorporación de las personas con discapacidad intelectual a los distintos
ámbitos de la sociedad, de manera más normalizada e inclusiva.
III. Que el Instituto Cervantes considera de utilidad el establecimiento de un marco de
colaboración que permita la realización de prácticas a los alumnos con discapacidad
intelectual, permitiendo así completar los conocimientos adquiridos en los planes formativos
proporcionados a estos alumnos por la Fundación Síndrome de Down de Madrid.
IV. Que la Fundación Síndrome de Down de Madrid, constituida en escritura
otorgada en Madrid, el 30 de junio de 1997, ante el Notario don Francisco Javier
Monedero San Martín, como sustituto de su compañero de igual residencia don Salvador
Barón Rivero, número 1856 de orden del protocolo de este último, inscrita en el Registro
de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, el día 6 de octubre de 1997, al tomo IX,
folio 179-202, hoja personal 109, modificados sus estatutos en diversas ocasiones. Es
una fundación que trabaja para favorecer la educación y la inserción laboral de las
personas con discapacidad intelectual y desarrolla unos programas formativos dentro de
los cuales se considera adecuado la realización de prácticas formativas en las
dependencias del Instituto Cervantes en Madrid.
V. Que ambas partes consideran de gran importancia el establecimiento de cauces
de colaboración para favorecer la formación que facilite la inserción laboral de las
personas con discapacidad intelectual.
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido
informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.
VII. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 15 de octubre de 2021.
VIII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 30 de septiembre de 2010 aprobó los criterios generales para la firma de convenios
para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto
Cervantes.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer fórmulas de colaboración conjunta en el
desarrollo de la formación de las personas con discapacidad intelectual, dentro de los
itinerarios definidos por la Fundación Síndrome de Down de Madrid (en adelante la
Fundación), para la inserción laboral de estas personas, facilitando la realización de
prácticas formativas no remuneradas, en la sede del Instituto Cervantes en Madrid.
Selección del alumnado.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
personas con discapacidad intelectual (en adelante los alumnos) se determinará, de
común acuerdo entre las partes, el número de los mismos que pueden realizar las
prácticas en el Instituto Cervantes.
Corresponde a la Fundación, llevar a cabo la selección del alumnado que realizarán
las prácticas formativas a que se refiere este convenio, que los presentará al Instituto
Cervantes para que dé su conformidad.
Tercera. Contenido de las prácticas.
El contenido de las prácticas realizadas en el Instituto Cervantes estará en
consonancia con la especialidad formativa de auxiliar de oficina o similares (programas
cve: BOE-A-2021-19571
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.