III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-19588)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Enagás Transporte, SAU, el cierre y desmantelamiento del vaporizador de combustión sumergida PA-117B en la planta de regasificación de Palos de la Frontera (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 145962
regulan el sector del gas natural, los costes derivados del cierre y desmantelamiento
serán asumidos íntegramente por el titular de la instalación.
Sexto.
La Dirección del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Huelva levantará Acta de Cierre cuando éste se haga efectivo, remitiendo la misma a
esta Dirección General de Política Energética y Minas.
Séptimo.
La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el
momento en que se demuestre el incumplimiento de las condiciones expresadas, por la
declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo
justifique.
Octavo.
Esta autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones,
licencias o permisos de competencia municipal, autonómica o de otros organismos y
entidades necesarias.
Noveno.
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la
presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-19588
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de noviembre de 2021.–El Director General de Política Energética y
Minas, Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 145962
regulan el sector del gas natural, los costes derivados del cierre y desmantelamiento
serán asumidos íntegramente por el titular de la instalación.
Sexto.
La Dirección del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Huelva levantará Acta de Cierre cuando éste se haga efectivo, remitiendo la misma a
esta Dirección General de Política Energética y Minas.
Séptimo.
La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el
momento en que se demuestre el incumplimiento de las condiciones expresadas, por la
declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo
justifique.
Octavo.
Esta autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones,
licencias o permisos de competencia municipal, autonómica o de otros organismos y
entidades necesarias.
Noveno.
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la
presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-19588
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de noviembre de 2021.–El Director General de Política Energética y
Minas, Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X