T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-19502)
Sala Primera. Sentencia 173/2021, de 25 de octubre de 2021. Recurso de amparo 227-2019. Promovido por doña Felicidad Teresa González del Valle en relación con la sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimó su solicitud de revisión de la pensión ordinaria de jubilación forzosa por edad. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (intangibilidad): resolución judicial que desatiende el efecto positivo de la cosa juzgada material al ignorar un pronunciamiento firme anterior con incidencia en la determinación de los haberes reguladores que habían de tenerse en cuenta para el cálculo de la pensión de jubilación de la recurrente.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. TC. Pág. 145121

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
19502

Sala Primera. Sentencia 173/2021, de 25 de octubre de 2021. Recurso de
amparo 227-2019. Promovido por doña Felicidad Teresa González del Valle
en relación con la sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimó su
solicitud de revisión de la pensión ordinaria de jubilación forzosa por edad.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (intangibilidad): resolución
judicial que desatiende el efecto positivo de la cosa juzgada material al
ignorar un pronunciamiento firme anterior con incidencia en la determinación
de los haberes reguladores que habían de tenerse en cuenta para el cálculo
de la pensión de jubilación de la recurrente.

ECLI:ES:TC:2021:173
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Juan José González
Rivas, presidente; los magistrados don Andrés Ollero Tassara, don Santiago MartínezVares García, don Cándido Conde-Pumpido Tourón y la magistrada doña María Luisa
Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 227-2019, promovido por doña Felicidad Teresa
González del Valle, representada por la procuradora de los tribunales doña Isabel
Covadonga Juliá Corujo y asistida por el abogado don Raúl Bocanegra Sierra, frente a la
sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional de 11 de diciembre de 2017, que desestimó el recurso
(procedimiento ordinario núm. 858-2016) interpuesto contra la desestimación presunta
por el Tribunal Económico-Administrativo Central de la reclamación económicoadministrativa promovida contra resolución de la Dirección General de Costes y
Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de 2 de
enero de 2015, desestimatoria de la solicitud de revisión de la pensión ordinaria de
jubilación forzosa por edad que le había sido reconocida. Ha sido parte el abogado del
Estado, en la representación que ostenta, y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido
ponente la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón.
Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en este tribunal el día 11 de enero de 2019, la
procuradora de los tribunales doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, en nombre y
representación de doña Felicidad Teresa González del Valle, interpuso recurso de
amparo contra la resolución mencionada en el encabezamiento.
2. Los hechos en los que tiene su origen el presente recurso y relevantes para su
resolución, son, en síntesis, los siguientes:
a) La actora, junto con otros compañeros, interpuso recurso contenciosoadministrativo contra la desestimación presunta del recurso de reposición promovido

cve: BOE-A-2021-19502
Verificable en https://www.boe.es

I.