II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2021-19400)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de plaza de Técnico Superior de nivel 2, en la Oficina de Las Palmas de Gran Canaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

7.2

Sec. II.B. Pág. 144266

Fase de concurso.

El Tribunal elaborará la relación nominal de aspirantes que hayan superado las
pruebas anteriores, sumando a las calificaciones obtenidas en las mismas los puntos
correspondientes a los méritos baremables hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, con un máximo de 10 puntos, de acuerdo con lo siguiente:
Experiencia profesional (máximo 5 puntos):
– 1 punto por cada año completo de servicio realizando tareas exigibles bajo la
categoría de Técnico Superior de nivel 2 (o categoría superior) en el Sector Público
institucional o equivalente en el sector privado en los últimos diez años realizando tareas
análogas a las exigidas para el puesto, según certificado de servicios emitido por el
órgano competente en asuntos de personal de anteriores empleadores. En dicho
certificado deberán hacerse constar las funciones desempeñadas en cada caso.
– 0,5 puntos por cada año completo de servicio realizando tareas exigibles bajo
categoría inferior a Técnico Superior de nivel 2 en el Sector Público institucional o
equivalente en el sector privado en los últimos diez años, según certificado de servicios
emitido por el órgano competente en asuntos de personal de anteriores empleadores.
Para la verificación de la experiencia profesional alegada, el Tribunal de Selección
recabará de la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral del
candidato, pudiendo éste oponerse únicamente en los supuestos expresamente
permitidos en la legislación de protección de datos.
Formación e idiomas (máximo 5 puntos):
– Idioma alemán: se valorará con 1,5 puntos adicionales con la acreditación
documental de un nivel mínimo de B2 y 2 puntos adicionales con la acreditación
documental de un nivel de C1.
– Idiomas francés e italiano: se valorará con 1 punto adicional con la acreditación
documental de un nivel mínimo de B2 y 1,5 puntos adicionales con la acreditación
documental de un nivel de C1.
– Otros idiomas: por cada idioma distinto a los anteriores se valorará con 0,5 puntos
adicionales con la acreditación documental de un nivel mínimo de B2 y 1 punto adicional
con la acreditación documental de un nivel de C1.
– Titulación universitaria diferente al que se hubiera alegado como requisito para la
admisión:
a. Grado [nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior
(MECES)]: 0,75 puntos.
b. Máster [nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior
(MECES)]: 1 punto.
c. Doctorado [nivel 4 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación
Superior (MECES)]: 1,5 puntos.

8.1 Concluido el proceso selectivo, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad
convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación
mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación y con
indicación de su Documento Nacional de Identidad. En la lista se distinguirán, de manera
priorizada de mayor a menor puntuación, los candidatos elegibles para la formalización
del contrato y aquellos que constituyen lista de reserva. Los candidatos en la lista de
reserva, pasarán a la condición de elegibles, si se produjese alguna vacante entre los
candidatos elegibles iniciales y siempre respetando su posición relativa en la lista.

cve: BOE-A-2021-19400
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8. Superación del proceso selectivo