II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-19438)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 144563
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de la prueba
selectiva.
6.6 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la
presencia del Presidente/a y Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de
la mitad, al menos, de sus miembros, sean titulares o suplentes.
6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en las Leyes 39
y 40/2015.
6.8 El Tribunal adoptará discrecionalmente las medidas necesarias precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de
participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad que
lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempos y medios, debiendo cumplimentarse
para ello el anexo IV de esta convocatoria.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, calle Madrid, número 126, de
Getafe (Madrid), Dirección de Recursos Humanos y Organización, correo electrónico:
selecpas@pa.uc3m.es.
6.10 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo establecido
en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, será nula de pleno derecho. Con el fin de asegurar la cobertura de las
plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del
órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
Calendario y desarrollo de los ejercicios.
7.1 El orden de actuación de quienes participen en este proceso selectivo, en
aquellos ejercicios en que sea necesario, se iniciará alfabéticamente por el primero de la
letra «E», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de marzo de 2021, de
la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se
hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de
actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el
año 2021.
7.2 En cualquier momento las personas participantes podrán ser requeridas por los
miembros del Tribunal para que acrediten su identidad.
7.3 Serán convocadas para la realización del ejercicio en único llamamiento, siendo
excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.6, el ejercicio de la fase de
oposición comenzará a partir del 1 de febrero de 2022, publicándose la fecha concreta
en la Resolución a la que se refiere la base 4.3.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes
ejercicios se efectuará por el Tribunal en la página web de la Universidad Carlos III de
Madrid (https://www.uc3m.es/empleo/pas) y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación
exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su
exclusión al Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades
formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos
procedentes. La Resolución de exclusión pondrá fin a la vía administrativa, y, contra la
cve: BOE-A-2021-19438
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 144563
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de la prueba
selectiva.
6.6 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la
presencia del Presidente/a y Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de
la mitad, al menos, de sus miembros, sean titulares o suplentes.
6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en las Leyes 39
y 40/2015.
6.8 El Tribunal adoptará discrecionalmente las medidas necesarias precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de
participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad que
lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempos y medios, debiendo cumplimentarse
para ello el anexo IV de esta convocatoria.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, calle Madrid, número 126, de
Getafe (Madrid), Dirección de Recursos Humanos y Organización, correo electrónico:
selecpas@pa.uc3m.es.
6.10 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo establecido
en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, será nula de pleno derecho. Con el fin de asegurar la cobertura de las
plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del
órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
Calendario y desarrollo de los ejercicios.
7.1 El orden de actuación de quienes participen en este proceso selectivo, en
aquellos ejercicios en que sea necesario, se iniciará alfabéticamente por el primero de la
letra «E», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de marzo de 2021, de
la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se
hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de
actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el
año 2021.
7.2 En cualquier momento las personas participantes podrán ser requeridas por los
miembros del Tribunal para que acrediten su identidad.
7.3 Serán convocadas para la realización del ejercicio en único llamamiento, siendo
excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.6, el ejercicio de la fase de
oposición comenzará a partir del 1 de febrero de 2022, publicándose la fecha concreta
en la Resolución a la que se refiere la base 4.3.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes
ejercicios se efectuará por el Tribunal en la página web de la Universidad Carlos III de
Madrid (https://www.uc3m.es/empleo/pas) y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación
exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su
exclusión al Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades
formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos
procedentes. La Resolución de exclusión pondrá fin a la vía administrativa, y, contra la
cve: BOE-A-2021-19438
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.