I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2021-19373)
Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 144128
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE IGUALDAD
19373
Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la
concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios
y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de
atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La violencia contra las mujeres constituye una vulneración de sus derechos
fundamentales y la expresión más cruel de la discriminación, la situación de desigualdad
y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Ante ella, los poderes
públicos tienen la obligación constitucional de garantizar las condiciones para que el
derecho a la igualdad sea real y efectivo. Por ello, y para garantizar el cumplimiento de la
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género y asegurar el acceso de las víctimas de violencia de género a los
servicios públicos, es preciso el establecimiento de las medidas legales y
presupuestarias para su adecuada asistencia y atención.
Por otra parte, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es la
asociación de entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, constituida al
amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y declarada de utilidad pública por Acuerdo
del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa a Ayuntamientos,
Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares. La FEMP tiene atribuidos fines y objetivos
en materia de sensibilización sobre la situación de las mujeres en el ámbito de la
administración local, según resulta de lo establecido en sus propios Estatutos. El ámbito
de actuación de la FEMP alcanza a más del 95% de la población española en los más
de 7.239 Municipios, 39 Diputaciones y 10 Consejos y Cabildos Insulares que agrupa,
por lo que resulta un instrumento de utilidad pública indubitada para completar la
atención y protección de las víctimas de violencia contra la mujer.
Corresponde al Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra
la Violencia de Género, prestar el Servicio Telefónico de Atención y Protección para
víctimas de la violencia de género, cuyo objetivo fundamental es que la víctima se sienta
segura y acompañada durante el proceso conducente a salir de la situación de violencia,
facilitándole un entorno seguro con la movilización de recursos de intervención inmediata
si fueran necesarios. El Servicio ATENPRO les proporciona seguridad y tranquilidad, y
les ofrece apoyo, información y asesoramiento, al tiempo que les garantiza la
comunicación interpersonal ante cualquier necesidad relacionada con su situación de
violencia de género, las 24 horas del día, contribuyendo así de forma efectiva su
recuperación.
Desde 2010 corresponde a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
la titularidad del Servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de la
violencia de género (ATENPRO), encargándose de su gestión la FEMP. Dicha gestión se
ha articulado a través de la suscripción anual del correspondiente convenio por el que se
canaliza una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado
a favor de la Federación Española de Municipios y Provincias para el mantenimiento del
servicio de teleprotección móvil para víctimas de violencia de género. Es por ello que se
considera a la FEMP como la entidad beneficiaria idónea para llevar a cabo las
actuaciones que prevé este real decreto, en cumplimiento de los hitos y objetivos
previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
cve: BOE-A-2021-19373
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 144128
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE IGUALDAD
19373
Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la
concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios
y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de
atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La violencia contra las mujeres constituye una vulneración de sus derechos
fundamentales y la expresión más cruel de la discriminación, la situación de desigualdad
y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Ante ella, los poderes
públicos tienen la obligación constitucional de garantizar las condiciones para que el
derecho a la igualdad sea real y efectivo. Por ello, y para garantizar el cumplimiento de la
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género y asegurar el acceso de las víctimas de violencia de género a los
servicios públicos, es preciso el establecimiento de las medidas legales y
presupuestarias para su adecuada asistencia y atención.
Por otra parte, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es la
asociación de entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, constituida al
amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y declarada de utilidad pública por Acuerdo
del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa a Ayuntamientos,
Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares. La FEMP tiene atribuidos fines y objetivos
en materia de sensibilización sobre la situación de las mujeres en el ámbito de la
administración local, según resulta de lo establecido en sus propios Estatutos. El ámbito
de actuación de la FEMP alcanza a más del 95% de la población española en los más
de 7.239 Municipios, 39 Diputaciones y 10 Consejos y Cabildos Insulares que agrupa,
por lo que resulta un instrumento de utilidad pública indubitada para completar la
atención y protección de las víctimas de violencia contra la mujer.
Corresponde al Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra
la Violencia de Género, prestar el Servicio Telefónico de Atención y Protección para
víctimas de la violencia de género, cuyo objetivo fundamental es que la víctima se sienta
segura y acompañada durante el proceso conducente a salir de la situación de violencia,
facilitándole un entorno seguro con la movilización de recursos de intervención inmediata
si fueran necesarios. El Servicio ATENPRO les proporciona seguridad y tranquilidad, y
les ofrece apoyo, información y asesoramiento, al tiempo que les garantiza la
comunicación interpersonal ante cualquier necesidad relacionada con su situación de
violencia de género, las 24 horas del día, contribuyendo así de forma efectiva su
recuperación.
Desde 2010 corresponde a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
la titularidad del Servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de la
violencia de género (ATENPRO), encargándose de su gestión la FEMP. Dicha gestión se
ha articulado a través de la suscripción anual del correspondiente convenio por el que se
canaliza una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado
a favor de la Federación Española de Municipios y Provincias para el mantenimiento del
servicio de teleprotección móvil para víctimas de violencia de género. Es por ello que se
considera a la FEMP como la entidad beneficiaria idónea para llevar a cabo las
actuaciones que prevé este real decreto, en cumplimiento de los hitos y objetivos
previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
cve: BOE-A-2021-19373
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