III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-19352)
Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña, para la mejora del marco geodésico de referencia y la monitorización del nivel del mar y subsidencias en el ámbito del Puerto de Barcelona.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 24 de noviembre de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 144017

Realización del Convenio.

Las actuaciones conjuntas contempladas en el marco de este Convenio
interadministrativo, por la APB y el ICGC, serán:
Anualidad 1.
– Determinación de una estrategia para vincular los vértices de la red del Port de
Barcelona.
– Análisis del Port de Barcelona a partir de imágenes del satélite radar.
Anualidad 2.
– Diseño de bases y vínculos para la próxima campaña de observación.
– Control de calidad de las bases GNSS y generación de fichas.
– Análisis del Port de Barcelona a partir de imágenes del satélite radar.
Anualidad 3.
– Monitorización del nivel del mar y sus variaciones.
– Monitorización de la estación del Port de Barcelona.
– Análisis del Port de Barcelona a partir de imágenes de satélite radar.
Anualidad 4.
– Monitorización del nivel del mar y sus variaciones.
– Estudio de los diferentes orígenes altimétrico y entrega de un geoide local Análisis
del Port de Barcelona a partir de imágenes del satélite radar.
La Comisión de seguimiento, que se establece en la cláusula decimotercera de este
Convenio, se encargará de coordinar y establecer el Plan de Trabajo definitivo de las
tareas a realizar de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en este Convenio.
Los trabajos se realizarán conforme a las especificaciones técnicas pactadas y que
se adjuntan como anexo.
Tercera.

Obligaciones de las partes.

Las obligaciones que se prevén ejecutar son las que se describen a continuación y
que son asumidas como compromisos y obligaciones de las partes.

• Aportar los recursos humanos y los medios técnicos necesarios para llevar a cabo
el presente Convenio.
• Aportar los datos y los servicios implementados a partir del Servicio de
Posicionamiento Geodésico Integrado de Catalunya (SPGIC).
• Aportar toda la información geodésica que sea necesaria, y que obre en poder del
ICGC, para el correcto desarrollo de este proyecto.
• Aportará toda la información radar disponible del programa Copernicus que sea de
interés para cubrir las expectativas de este proyecto (descarga de imágenes y procesado
original).
• Además, dado que el entorno del puerto experimenta dinámicas de suelo mayores
a otros entornos, el ICGC incluirá las bases GNSS correspondientes a las campañas de
observaciones de vértices de la red topográfica del Port de Barcelona y enlaces con
vértices marco, al ajuste de la Red Utilitaria. La información resultante de los trabajos de
este Convenio será incluida en el SPGIC como mejora de esta red y del servicio que
proporciona la misma.
• Financiar con la cantidad especificada en la cláusula siguiente la realización de los
trabajos objeto de este Convenio.

cve: BOE-A-2021-19352
Verificable en https://www.boe.es

– Obligaciones del ICGC.