I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas económicas. (BOE-A-2021-19305)
Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 24 de noviembre de 2021

Sec. I. Pág. 143856

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO
19305

Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan
determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación.

El impacto de la crisis sanitaria y económica derivada de la COVID-19 motivó la
adopción desde marzo de 2020 de importantes medidas de política económica
orientadas a proteger el tejido productivo, el empleo y las rentas de los hogares, en
particular mediante distintos instrumentos de apoyo a la liquidez y solvencia de las
empresas y autónomos. Menos de dos años después del inicio de la pandemia, los datos
confirman la eficacia de las medidas adoptadas para evitar un impacto estructural sobre
la economía. El avance del proceso de vacunación y la mejora de la situación sanitaria
han permitido recuperar la movilidad, impulsando una recuperación de la economía y
una mejora de la solvencia empresarial que ha ido cobrando mayor intensidad a lo largo
del presente año.
No obstante, la persistencia de la pandemia en el entorno europeo y la vulnerabilidad
de las empresas en los sectores más afectados en la incipiente fase de recuperación
hacen precisa la extensión de algunas de las medidas excepcionales, con el fin de
garantizar que las empresas viables podrán aprovechar plenamente las oportunidades
que ofrece esta nueva etapa de expansión económica.
Así, la propia Comisión Europea acaba de aprobar la sexta adenda al Marco
Temporal de Ayudas, prorrogando la vigencia de algunas de las medidas de apoyo a las
empresas. Y ello con el doble objetivo de intensificar el proceso de recuperación
económica y garantizar la seguridad jurídica de los operadores clarificando el marco
normativo, ante medidas cuyo plazo de vigencia terminaba a finales de este año.
En este contexto, el presente real decreto-ley establece una serie de disposiciones
cuya vigencia se extenderá más allá de diciembre de 2021, con el fin de proporcionar un
marco de seguridad jurídica que otorgue estabilidad económica y apoye a las empresas
en esta fase de la recuperación. Esto se logrará mediante la extensión del plazo para las
ayudas a la liquidez y la solvencia, la exclusión de las pérdidas de 2020 y 2021 a los
efectos de la causa de disolución empresarial, la extensión de la moratoria de la
obligación de declaración de concurso en el caso de desequilibrios patrimoniales, en
tanto se apruebe el nuevo régimen concursal, así como el establecimiento de un marco
claro durante 2022 para las inversiones extranjeras directas.
Igualmente, se hace preciso establecer disposiciones que garanticen un régimen de
precios aplicable en el caso del cambio de suministrador de gas, así como la viabilidad
económica y financiera de las empresas comercializadoras de último recurso. En este
sentido, se adoptan tres medidas urgentes en materia energética, particularmente en el
ámbito de los hidrocarburos. En primer lugar, se amplía la cobertura para los suministros
esenciales de gas natural que no dispongan de contrato de suministro, situación que se da,
por ejemplo, ante la desaparición súbita de la comercializadora con la que tengan
contratado el suministro. En segundo lugar, se refuerza la garantía de cobro por parte de las
comercializadoras de último recurso de gas natural de los déficits que puedan surgir como
consecuencia de la limitación del incremento de la tarifa de último recurso (TUR) de gas
establecida por el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes
para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas
de gas y electricidad. Por último, para fomentar el despliegue de la infraestructura de acceso
público de recarga rápida de vehículos eléctricos, se introduce una prohibición de las
cláusulas de exclusividad en los contratos de suministro de estaciones de servicio.

cve: BOE-A-2021-19305
Verificable en https://www.boe.es

I