III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-16952)
Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas en el marco del componente 20 "Plan estratégico de impulso a la Formación Profesional", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el ejercicio presupuestario 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Lunes 18 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 127168

Inversión: I.3 Innovación e internacionalización de la Formación Profesional
Hito: Para el presente ejercicio económico se crearán 691 grupos de alumnos en
oferta bilingüe.
En el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en la aplicación presupuestaria 18.5005.320B.45550, se destina la cantidad
de 301.065.389,26 euros para la ejecución en 2021 de las actuaciones de este programa
de cooperación territorial, recogidas en el MRR.
Primero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria (en adelante, LGP), y en los términos establecidos
en los siguientes apartados, se autoriza la propuesta de la distribución, según criterios
objetivos, de los créditos correspondientes al ejercicio económico 2021, por un importe
de trescientos un millones sesenta y cinco mil trescientos ochenta y nueve euros con
veinteséis céntimos (301.065.389,26 euros), destinados a financiar actuaciones del Plan
de Modernización de la Formación Profesional dentro del marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se relacionan a continuación en el
Anexo I adjunto.
Segundo.
La gestión de estos créditos por las comunidades autónomas se ajustará al
procedimiento establecido en el artículo 86 de la LGP.
A la ejecución de los créditos consignados en el servicio 50, «Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia» del Ministerio de Educación y Formación Profesional, le
será de aplicación las especialidades previstas en el artículo 44 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia:

Tercero.
De acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del artículo 86.2
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los criterios objetivos
que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, así
como su distribución se fijarán por la Conferencia Sectorial correspondiente al comienzo
del ejercicio económico.

cve: BOE-A-2021-16952
Verificable en https://www.boe.es

«a) A los efectos dispuestos en la regla quinta del artículo 86.2 de la LGP, una vez
aprobada la distribución definitiva de los créditos en la correspondiente Conferencia
Sectorial podrán librarse en su totalidad a cada Comunidad Autónoma de una sola vez.
b) A efectos de lo dispuesto en la regla sexta del artículo 86.2 de la LGP, de la
cantidad que corresponda transferir a cada Comunidad Autónoma no se descontarán los
remanentes de fondos no comprometidos resultantes al término de cada ejercicio para
esos créditos, que estén en poder de las Comunidades Autónomas, que seguirán
manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos.
Si el gasto o actuación al que corresponde el remanente resultase suprimido en el
presupuesto del ejercicio siguiente, se destinará aquél en primer lugar a hacer efectivas
las obligaciones pendientes de pago al fin del ejercicio inmediatamente anterior y el
sobrante que no estuviese comprometido se reintegrará al Estado.
En el marco de las conferencias sectoriales y de acuerdo con las previsiones
incluidas en el Plan Nacional de Recuperación, se procederá a la aprobación de los
criterios de distribución de fondos para subvenciones gestionadas por las CCAA (art. 86
LGP) con carácter plurianual.»