III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-16958)
Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Cultura y Deporte, por la que se publica el Convenio marco con la Junta de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Toledo, para desarrollar actuaciones en el ámbito del sitio histórico y natural de la Vega Baja de la ciudad de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Lunes 18 de octubre de 2021

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c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
Convenio y a las demás partes firmantes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas
en virtud del presente Convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo
establecido en la normativa que resulte de aplicación.
d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
En caso de resolución anticipada, las actuaciones programadas que se encontraran
en curso de ejecución, deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las
partes en el momento de la resolución, en los términos establecidos en el artículo 52.3
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima.

Jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente Convenio se resolverán entre las Partes, agotando todas las formas
posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto,
serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del
orden contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2021-16958
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, que se extiende por
triplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, el
Ministro de Cultura y Deporte, Miquel Octavi Iceta i Llorens.–Por la Junta de Castilla-La
Mancha, el Presidente, Emiliano García-Page.–Por el Ayuntamiento de Toledo, la
Alcaldesa de Toledo, Milagros Tolón Jaime.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X