II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2021-16733)
Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 15 de octubre de 2021

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desglosado en un máximo de diez preguntas, con respuestas abiertas, y estará
relacionado con el grupo de temas específicos del programa.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos
generales y específicos pertinentemente incorporados y la capacidad de relacionar los
mismos.
El tiempo máximo para la realización de esta parte será de dos horas.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor.
Se calificará este ejercicio con un máximo de 50 puntos. La puntuación mínima
necesaria para superarlo será de 25 puntos.
Los aspirantes que superen este tercer ejercicio, habrán superado la fase de
oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que
han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por
cada aspirante, sin que en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de
candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
1.
2.

Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso
selectivo en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de
ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier otra fase
previa al nombramiento como funcionario de carrera.
2. Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen
por el sistema de promoción interna que la hubieran superado dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que han
superado la fase de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos
(anexo V) debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u
Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo
previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Si alguno de los aspirantes funcionarios, en servicio activo en la Administración del
Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente
va a solicitar la valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Centro de
Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el
mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el
aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que
figura como anexo VI de esta Resolución.
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.

cve: BOE-A-2021-16733
Verificable en https://www.boe.es

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