II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2021-16733)
Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 15 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 125693

b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 18: 4 puntos.
Grado personal igual al 17: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 3 puntos.
Grado personal igual al 15: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 14: 2 puntos.
Grado personal igual al 13: 1,5 puntos.
Grado personal igual o inferior al 12: 1 punto.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el funcionario y recibidos en los últimos cinco años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o
privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la
Escala objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con
carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las
de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
Al personal laboral fijo se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral
fijo: Hasta un máximo de 4 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el personal laboral y recibidos en los últimos cinco años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o
privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la
Escala objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con
carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las
de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como anexo V
a esta Resolución.
La calificación final del concurso-oposición, vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

cve: BOE-A-2021-16733
Verificable en https://www.boe.es

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