III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-16786)
Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo de Ilunion Outsourcing, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126078
derechos, funciones y competencias que les atribuye el artículo 8 de la Ley Orgánica de
Libertad Sindical.
Delegados/as Sindicales.
Las Secciones Sindicales legalmente constituidas en el seno de la empresa por las
personas trabajadoras afiliadas a un sindicato con presencia en los Comités de empresa
estarán representadas por delegados/as sindicales elegidos por y entre sus afiliados y
afiliadas en la empresa.
El delegado/a sindical dispondrá de las garantías y funciones que determina la
mencionada Ley Orgánica de Libertad Sindical. El delegado/a sindical dispondrá del
mismo crédito de horas sindicales que los representantes legales de los trabajadores del
centro al que pertenezca.
Se acuerda que el número de delegados/as sindicales por cada sección sindical de
los sindicatos que hayan obtenidos el 10 por 100 de los votos en la elección al comité de
empresa se determinan según la siguiente escala:
Del 150 a 750 personas trabajadoras: 2.
De 751 a 2.000 personas trabajadoras: 3.
De 2.001 a 5.000 personas trabajadoras: 4.
Secciones Sindicales de carácter estatal.
Se reconoce el derecho a constituir secciones sindicales de carácter estatal a los
sindicatos más representativos en el seno de la empresa que reúnan los dos requisitos
siguientes:
Tener el veinticinco por ciento de los delegados de personal y miembros de comités
de empresa de la totalidad de la empresa.
Que alcancen, además, el veinticinco por ciento de los delegados de personal o
miembros de los comités de empresa en más de dos delegaciones.
Funciones y Competencias.
Son funciones y competencias de las Secciones Sindicales Estatales:
a) Las generales que les otorgue la LOLS.
b) Designar los miembros del Comité Intercentro de entre los componentes de los
distintos Comités de empresa o delegados de personal.
Acumulación de horas sindicales.
Se acuerda expresamente la posibilidad de acumulación de las horas de crédito
sindical para los Delegados/as Sindicales de las Secciones Sindicales Estatales,
miembros de Comités de empresa o Delegados de Personal pertenecientes a una misma
representación sindical. Todo ello con carácter anual y con el alcance y las condiciones
que se establezcan en los correspondientes acuerdos entre la Dirección de la empresa y
las organizaciones sindicales.
Cada Sección Sindical Estatal elegirá un coordinador a nivel nacional, que tendrá
como función principal la de coordinar dicha Sección, siendo interlocutor ante la
Dirección de la empresa, ostentando la representación del sindicato.
Los Coordinadores Nacionales, miembros del Comité Intercentro, miembros de las
comisiones de trabajo del Comité Intercentro y el Delegado/a de Prevención Estatal,
podrán tener acceso a todos los centros de trabajo de la empresa cuando sea necesario
y previa comunicación a la Dirección de la misma.
La empresa concederá un crédito horario anual igual a la jornada anual estipulada
para cada año de vigencia del convenio a las centrales sindicales por cada 60
delegados/as de personal o miembros de comité de empresa que hayan sido obtenidos
cve: BOE-A-2021-16786
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126078
derechos, funciones y competencias que les atribuye el artículo 8 de la Ley Orgánica de
Libertad Sindical.
Delegados/as Sindicales.
Las Secciones Sindicales legalmente constituidas en el seno de la empresa por las
personas trabajadoras afiliadas a un sindicato con presencia en los Comités de empresa
estarán representadas por delegados/as sindicales elegidos por y entre sus afiliados y
afiliadas en la empresa.
El delegado/a sindical dispondrá de las garantías y funciones que determina la
mencionada Ley Orgánica de Libertad Sindical. El delegado/a sindical dispondrá del
mismo crédito de horas sindicales que los representantes legales de los trabajadores del
centro al que pertenezca.
Se acuerda que el número de delegados/as sindicales por cada sección sindical de
los sindicatos que hayan obtenidos el 10 por 100 de los votos en la elección al comité de
empresa se determinan según la siguiente escala:
Del 150 a 750 personas trabajadoras: 2.
De 751 a 2.000 personas trabajadoras: 3.
De 2.001 a 5.000 personas trabajadoras: 4.
Secciones Sindicales de carácter estatal.
Se reconoce el derecho a constituir secciones sindicales de carácter estatal a los
sindicatos más representativos en el seno de la empresa que reúnan los dos requisitos
siguientes:
Tener el veinticinco por ciento de los delegados de personal y miembros de comités
de empresa de la totalidad de la empresa.
Que alcancen, además, el veinticinco por ciento de los delegados de personal o
miembros de los comités de empresa en más de dos delegaciones.
Funciones y Competencias.
Son funciones y competencias de las Secciones Sindicales Estatales:
a) Las generales que les otorgue la LOLS.
b) Designar los miembros del Comité Intercentro de entre los componentes de los
distintos Comités de empresa o delegados de personal.
Acumulación de horas sindicales.
Se acuerda expresamente la posibilidad de acumulación de las horas de crédito
sindical para los Delegados/as Sindicales de las Secciones Sindicales Estatales,
miembros de Comités de empresa o Delegados de Personal pertenecientes a una misma
representación sindical. Todo ello con carácter anual y con el alcance y las condiciones
que se establezcan en los correspondientes acuerdos entre la Dirección de la empresa y
las organizaciones sindicales.
Cada Sección Sindical Estatal elegirá un coordinador a nivel nacional, que tendrá
como función principal la de coordinar dicha Sección, siendo interlocutor ante la
Dirección de la empresa, ostentando la representación del sindicato.
Los Coordinadores Nacionales, miembros del Comité Intercentro, miembros de las
comisiones de trabajo del Comité Intercentro y el Delegado/a de Prevención Estatal,
podrán tener acceso a todos los centros de trabajo de la empresa cuando sea necesario
y previa comunicación a la Dirección de la misma.
La empresa concederá un crédito horario anual igual a la jornada anual estipulada
para cada año de vigencia del convenio a las centrales sindicales por cada 60
delegados/as de personal o miembros de comité de empresa que hayan sido obtenidos
cve: BOE-A-2021-16786
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247