III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Premios. (BOE-A-2021-16776)
Orden AUC/1114/2021, de 15 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio "Ensayo Casa África" por el Consorcio Casa África.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126009
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Orden AUC/1114/2021, de 15 de septiembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión del Premio «Ensayo Casa África» por el
Consorcio Casa África.
El Consorcio Casa África, entidad de derecho público de carácter interadministrativo
adscrita a la Administración General del Estado, tiene entre sus fines generales el
impulso al desarrollo global de las relaciones hispano-africanas y la promoción de todo
tipo de actividades institucionales, económicas, científicas, culturales, educativas y
académicas para mejorar el conocimiento mutuo entre España y el continente africano.
En cumplimiento de tales objetivos, el Premio «Ensayo Casa África» pretende
reconocer la contribución a la difusión de conocimientos sobre África de autores y
autoras de ensayos que investigan y tratan temas relacionados con ese continente,
empleando para ello una narrativa equilibrada, diversa y actualizada, alejada de
imágenes estereotipadas y sesgadas que, sobre el mismo, predominan en el imaginario
colectivo.
El marco normativo aplicable a este Premio, cuyo otorgamiento tiene lugar con la
previa solicitud de la persona eventualmente beneficiaria, es el constituido por la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba.
La disposición adicional décima de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
impone el desarrollo reglamentario del régimen especial aplicable al otorgamiento de los
premios culturales. A su vez, su artículo 17.1, atribuye el establecimiento de las bases
reguladoras de la concesión de premios otorgados por entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia adscritos a la Administración General del Estado, a la
persona titular del departamento ministerial al que se vincule dicha entidad.
La presente norma, por tanto, tiene por objeto establecer las bases reguladoras del
Premio «Ensayo Casa África», otorgado por dicho Consorcio.
Esta orden se adecua a los principios de buena regulación contenidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En concreto, se atiene a los principios de necesidad y
eficacia, ya que, además de dar cumplimiento al mencionado mandato legal, promueve
tareas de creatividad e investigación que, en definitiva, favorecen la difusión del
conocimiento de aspectos sobre el continente africano, uno de los fines de la diplomacia
pública que ejerce Casa África, así como acercar una imagen diversa y plural de las
múltiples realidades del continente a la sociedad española. Se ajusta al principio de
proporcionalidad, pues contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad
expuesta. Asimismo, garantiza el principio de seguridad jurídica, ya que esta es
coherente con el marco normativo general en materia de subvenciones. Por lo que se
refiere al principio de transparencia, la orden identifica claramente su propósito, y la
memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa del contenido y la
intencionalidad de Casa África al impulsar este concurso. Finalmente, la norma
proyectada se adecúa también al principio de eficiencia, ya que no impone cargas
administrativas adicionales a las ya asumidas por el Consorcio.
El artículo 149.2 de la Constitución española impone al Estado considerar el servicio
de la cultura como deber y atribución esencial, sin perjuicio de las competencias que
puedan asumir las comunidades autónomas.
cve: BOE-A-2021-16776
Verificable en https://www.boe.es
16776
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126009
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Orden AUC/1114/2021, de 15 de septiembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión del Premio «Ensayo Casa África» por el
Consorcio Casa África.
El Consorcio Casa África, entidad de derecho público de carácter interadministrativo
adscrita a la Administración General del Estado, tiene entre sus fines generales el
impulso al desarrollo global de las relaciones hispano-africanas y la promoción de todo
tipo de actividades institucionales, económicas, científicas, culturales, educativas y
académicas para mejorar el conocimiento mutuo entre España y el continente africano.
En cumplimiento de tales objetivos, el Premio «Ensayo Casa África» pretende
reconocer la contribución a la difusión de conocimientos sobre África de autores y
autoras de ensayos que investigan y tratan temas relacionados con ese continente,
empleando para ello una narrativa equilibrada, diversa y actualizada, alejada de
imágenes estereotipadas y sesgadas que, sobre el mismo, predominan en el imaginario
colectivo.
El marco normativo aplicable a este Premio, cuyo otorgamiento tiene lugar con la
previa solicitud de la persona eventualmente beneficiaria, es el constituido por la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba.
La disposición adicional décima de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
impone el desarrollo reglamentario del régimen especial aplicable al otorgamiento de los
premios culturales. A su vez, su artículo 17.1, atribuye el establecimiento de las bases
reguladoras de la concesión de premios otorgados por entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia adscritos a la Administración General del Estado, a la
persona titular del departamento ministerial al que se vincule dicha entidad.
La presente norma, por tanto, tiene por objeto establecer las bases reguladoras del
Premio «Ensayo Casa África», otorgado por dicho Consorcio.
Esta orden se adecua a los principios de buena regulación contenidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En concreto, se atiene a los principios de necesidad y
eficacia, ya que, además de dar cumplimiento al mencionado mandato legal, promueve
tareas de creatividad e investigación que, en definitiva, favorecen la difusión del
conocimiento de aspectos sobre el continente africano, uno de los fines de la diplomacia
pública que ejerce Casa África, así como acercar una imagen diversa y plural de las
múltiples realidades del continente a la sociedad española. Se ajusta al principio de
proporcionalidad, pues contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad
expuesta. Asimismo, garantiza el principio de seguridad jurídica, ya que esta es
coherente con el marco normativo general en materia de subvenciones. Por lo que se
refiere al principio de transparencia, la orden identifica claramente su propósito, y la
memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa del contenido y la
intencionalidad de Casa África al impulsar este concurso. Finalmente, la norma
proyectada se adecúa también al principio de eficiencia, ya que no impone cargas
administrativas adicionales a las ya asumidas por el Consorcio.
El artículo 149.2 de la Constitución española impone al Estado considerar el servicio
de la cultura como deber y atribución esencial, sin perjuicio de las competencias que
puedan asumir las comunidades autónomas.
cve: BOE-A-2021-16776
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