III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-16653)
Resolución de 21 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de La Seu d'Urgell, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva y posterior división horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125194
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
16653
Resolución de 21 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de La Seu d'Urgell, por la que se suspende la
inscripción de una declaración de obra nueva y posterior división horizontal.
En el recurso interpuesto por don R. M. S. y doña M. A. G. M. contra la negativa de la
registradora de la Propiedad de La Seu d’Urgell, doña María Cruz Borlado Palomino, por
la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva y posterior división
horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura de declaración de obra y división horizontal autorizada el día 12
de noviembre de 2020 por el notario de La Seu d’Urgell, don Francesc Xavier Francino i
Batlle, con el número 1.395 de protocolo, se solicitaba la inscripción de una declaración
de obra nueva y posterior división horizontal sobre la misma.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de La Seu d’Urgell, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación de la escritura de declaración de obra y división horizontal
autorizada por el Notario de La Seu d’Urgell, Don Francesc Xavier Francino i Batlle, el
día 12 de noviembre de 2020, bajo el número 1.395 de su protocolo, que ha sido
presentada en este Registro el día 16 de noviembre de 2020, causando el asiento 1.694
del Diario 103;
Calificación:
En la referida escritura, en primer lugar, se pretende declarar por antigüedad una
ampliación y modificación de la obra, para lo cual aportan Certificado expedido por Doña
M. G. E. como técnico competente, de donde resulta la descripción y antigüedad de la
misma.
No obstante, del mismo modo, aportan Certificación expedida por la Secretaria del
Ajuntament d’Arsèguel, Doña Y. C. E., en la que se hace constar, cuáles han sido los
hechos cronológicos en la solicitud de licencia de rehabilitación de obras.
A saber, el 6 de abril de 2010, Don R. M. S. y Doña M. A. G. M. solicitaron licencia de
obras para rehabilitar los cubiertos del pajar (…)
Posteriormente el 14 de abril de 2011, el pleno del Ayuntamiento, emitió informe
desfavorable de la solicitud de licencia, al no ajustarse a la ordenación urbanística
municipal.
El 30 de junio de 2011, los antes citados presentaron recurso contencioso
administrativo contra el acuerdo adoptado por el pleno.
cve: BOE-A-2021-16653
Verificable en https://www.boe.es
Se suspende la inscripción de la reseñada escritura, en la que se solicita la correcta
descripción, obra nueva y seguidamente la división en régimen de propiedad horizontal
para formar dos nuevas entidades de la finca registral 8 de Arsèguel, en base a lo
siguiente:
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125194
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
16653
Resolución de 21 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de La Seu d'Urgell, por la que se suspende la
inscripción de una declaración de obra nueva y posterior división horizontal.
En el recurso interpuesto por don R. M. S. y doña M. A. G. M. contra la negativa de la
registradora de la Propiedad de La Seu d’Urgell, doña María Cruz Borlado Palomino, por
la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva y posterior división
horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura de declaración de obra y división horizontal autorizada el día 12
de noviembre de 2020 por el notario de La Seu d’Urgell, don Francesc Xavier Francino i
Batlle, con el número 1.395 de protocolo, se solicitaba la inscripción de una declaración
de obra nueva y posterior división horizontal sobre la misma.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de La Seu d’Urgell, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación de la escritura de declaración de obra y división horizontal
autorizada por el Notario de La Seu d’Urgell, Don Francesc Xavier Francino i Batlle, el
día 12 de noviembre de 2020, bajo el número 1.395 de su protocolo, que ha sido
presentada en este Registro el día 16 de noviembre de 2020, causando el asiento 1.694
del Diario 103;
Calificación:
En la referida escritura, en primer lugar, se pretende declarar por antigüedad una
ampliación y modificación de la obra, para lo cual aportan Certificado expedido por Doña
M. G. E. como técnico competente, de donde resulta la descripción y antigüedad de la
misma.
No obstante, del mismo modo, aportan Certificación expedida por la Secretaria del
Ajuntament d’Arsèguel, Doña Y. C. E., en la que se hace constar, cuáles han sido los
hechos cronológicos en la solicitud de licencia de rehabilitación de obras.
A saber, el 6 de abril de 2010, Don R. M. S. y Doña M. A. G. M. solicitaron licencia de
obras para rehabilitar los cubiertos del pajar (…)
Posteriormente el 14 de abril de 2011, el pleno del Ayuntamiento, emitió informe
desfavorable de la solicitud de licencia, al no ajustarse a la ordenación urbanística
municipal.
El 30 de junio de 2011, los antes citados presentaron recurso contencioso
administrativo contra el acuerdo adoptado por el pleno.
cve: BOE-A-2021-16653
Verificable en https://www.boe.es
Se suspende la inscripción de la reseñada escritura, en la que se solicita la correcta
descripción, obra nueva y seguidamente la división en régimen de propiedad horizontal
para formar dos nuevas entidades de la finca registral 8 de Arsèguel, en base a lo
siguiente: