III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2021-16661)
Orden DEF/1108/2021, de 28 de septiembre, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire mediante las formas de ingreso con titulación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125259
y, en el caso de los cuerpos comunes, por el Subsecretario de Defensa, y aprobados por
el Ministro de Defensa.
Esta orden ministerial responde a los principios de buena regulación, de conformidad
con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Desde el punto de vista de los principios de
necesidad, eficacia y eficiencia, esta disposición normativa está justificada por una razón
de interés, cual es la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación de
oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire
mediante las formas de ingreso con titulación previa, como consecuencia de las nuevas
especialidades fundamentales modificadas por el Real Decreto 296/2021, de 27 de abril.
De igual forma, la norma garantiza la seguridad jurídica al ejercerse de manera coherente
con el resto del ordenamiento jurídico nacional para generar un marco normativo integrado y
estable, y es conforme a las exigencias del principio de transparencia, ya que define
claramente los objetivos de esta orden ministerial. Así, durante su tramitación, esta orden
ministerial fue informada por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo
de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011,
de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se dio
conocimiento del mismo al resto de las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de
Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al
artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo
establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informado por el Consejo de
Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 15.2 de la Orden DEF/810/2015, de 4
de mayo, dispongo:
Artículo único.
Aprobación de los currículos.
Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la
integración o adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire, mediante las formas
de ingreso con titulación, cuyos textos se insertan a continuación.
Disposición adicional única.
Empleos eventuales.
1. Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera
militar, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la
escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire, mediante la forma de ingreso
con titulación previa, que hayan superado completamente el primer trimestre del primer
curso, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y
retributivos, el empleo de alférez alumno.
2. De igual modo, con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la adscripción
a la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire, que hayan superado
completamente el primer trimestre del curso, se les concederá, con carácter eventual y a
efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno.
Extinción de los planes de estudios.
Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores
se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno,
habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
1. Queda derogada la Orden DEF/284/2016, de 23 de febrero, por la que se
aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o
adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire mediante las formas de ingreso
con titulación.
cve: BOE-A-2021-16661
Verificable en https://www.boe.es
Disposición transitoria única.
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125259
y, en el caso de los cuerpos comunes, por el Subsecretario de Defensa, y aprobados por
el Ministro de Defensa.
Esta orden ministerial responde a los principios de buena regulación, de conformidad
con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Desde el punto de vista de los principios de
necesidad, eficacia y eficiencia, esta disposición normativa está justificada por una razón
de interés, cual es la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación de
oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire
mediante las formas de ingreso con titulación previa, como consecuencia de las nuevas
especialidades fundamentales modificadas por el Real Decreto 296/2021, de 27 de abril.
De igual forma, la norma garantiza la seguridad jurídica al ejercerse de manera coherente
con el resto del ordenamiento jurídico nacional para generar un marco normativo integrado y
estable, y es conforme a las exigencias del principio de transparencia, ya que define
claramente los objetivos de esta orden ministerial. Así, durante su tramitación, esta orden
ministerial fue informada por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo
de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011,
de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se dio
conocimiento del mismo al resto de las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de
Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al
artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo
establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informado por el Consejo de
Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 15.2 de la Orden DEF/810/2015, de 4
de mayo, dispongo:
Artículo único.
Aprobación de los currículos.
Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la
integración o adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire, mediante las formas
de ingreso con titulación, cuyos textos se insertan a continuación.
Disposición adicional única.
Empleos eventuales.
1. Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera
militar, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la
escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire, mediante la forma de ingreso
con titulación previa, que hayan superado completamente el primer trimestre del primer
curso, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y
retributivos, el empleo de alférez alumno.
2. De igual modo, con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la adscripción
a la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire, que hayan superado
completamente el primer trimestre del curso, se les concederá, con carácter eventual y a
efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno.
Extinción de los planes de estudios.
Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores
se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno,
habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
1. Queda derogada la Orden DEF/284/2016, de 23 de febrero, por la que se
aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o
adscripción en el Cuerpo General del Ejército del Aire mediante las formas de ingreso
con titulación.
cve: BOE-A-2021-16661
Verificable en https://www.boe.es
Disposición transitoria única.