I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Subvenciones. (BOE-A-2021-16481)
Real Decreto 882/2021, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para la financiación del Sistema Nacional de Acogida e Integración de Personas Solicitantes y Beneficiarias de Protección Internacional y la atención sociosanitaria en los centros de estancia temporal de inmigrantes de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Martes 12 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 124298

ANEXO II
1.

Marco de referencia de los programas

Los programas financiados estarán formados por proyectos que favorezcan la
acogida y preparación para la autonomía de las personas solicitantes y beneficiarias de
protección internacional, del estatuto de apátrida y de las personas acogidas al régimen
de protección temporal en España.
La atención al colectivo de personas solicitantes y beneficiarias de protección
internacional, del estatuto de apátrida, de las personas acogidas al régimen de
protección temporal en España tiene como finalidad:
a) Dar cumplimiento a las obligaciones que en el gobierno recaen en aplicación de
la normativa tanto nacional como comunitaria sobre las condiciones de acogida de
personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional.
b) Facilitar la acogida e integración de las personas beneficiarias del Sistema
Nacional de Acogida e Integración de Personas Solicitantes y Beneficiarias de
Protección Internacional, lo que incluye la transmisión de los valores democráticos
universales (igualdad, tolerancia, libertad religiosa, pluralismo político, etc.), para su
aceptación y asunción por parte de todos.
c) Promover el proceso de adquisición de autonomía de las personas destinatarias
a través de los itinerarios individualizados de integración.

1. Una red estatal de acogida integrada por los Centros de Acogida a Refugiados
(CAR) dependientes de la DGPPIAH, destinados a personas solicitantes y beneficiarias
de protección internacional, solicitantes y beneficiarias del estatuto de apátrida en
España.
2. Los proyectos y recursos complementarios necesarios para favorecer medidas
de acogida y preparación para la autonomía que faciliten a las personas beneficiarias
desenvolverse en el nuevo entorno y acceder a puestos de empleo e integrarse en la
sociedad de acogida, subvencionados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones.
Todos los recursos y líneas de actuación mencionados son complementarios, con
independencia del instrumento de financiación, y se aplicarán a todo el itinerario
individualizado de la persona destinataria.
El SAISAR se apoya en un Manual de Gestión al que acompaña un Procedimiento
de gestión del itinerario, así como un Manual de Justificación, que establecen un marco
normativo para las distintas líneas de actuación y otras Instrucciones específicas
complementarias de la DGPPIAH y, dentro de ésta, de la Subdirección General de
Programas.
En la ejecución de los programas de acogida se tendrá como referencia la «EASO
Guidance on reception conditions: operational standars and indicators».
En orden a verificar la correcta ejecución de los programas subvencionados y extraer
información sobre el desarrollo de los mismos, la DGPPIAH cuenta con aplicaciones
informáticas establecidas al efecto. Dada la relevancia de esta información y la
necesidad de contar con datos actualizados y completos sobre los beneficiaros de los

cve: BOE-A-2021-16481
Verificable en https://www.boe.es

Para alcanzar estos objetivos, la Dirección General de Programas de Protección
Internacional y Atención Humanitaria (en adelante, DGPPIAH) cuenta con el Sistema
Nacional de Acogida e Integración de Personas Solicitantes y Beneficiarias de
Protección Internacional (en adelante, SAISAR) que se desarrolla mediante itinerarios
individualizados, cuya finalidad es facilitar la progresiva autonomía de las personas
destinatarias y su integración social y laboral en la sociedad de acogida. Estos itinerarios
se instrumentan en fases que responden a diferentes necesidades, atendiendo al tiempo
de permanencia en el territorio del Estado, a su evolución personal y al grado de
autonomía adquirido.
El SAISAR comprende las siguientes líneas de actuación: