I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Sector cultural. Medidas tributarias. (BOE-A-2021-16477)
Ley 14/2021, de 11 de octubre, por la que se modifica el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Martes 12 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 124239

Patrimonio Histórico Español. Tendrán por objeto el fomento de la conservaciónrestauración, así como la creación y puesta al día de inventarios que mejoren la
investigación, documentación y difusión de dichos bienes por personal técnico
cualificado.
Los requisitos para solicitar las subvenciones, así como los criterios objetivos
de valoración de las solicitudes que deben reunir las entidades y particulares
solicitantes para la obtención de la subvención, serán determinados por la
administración competente.»
Artículo noveno.
Se añade un nuevo artículo 16 en el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, con el
siguiente texto:
«Artículo 16.
Sistema de ayudas extraordinarias en el ámbito de la
digitalización y la innovación en el sector de las industrias culturales como
consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19.
1. Se establece, en el ámbito de actuación de la Dirección General de Bellas
Artes, en colaboración con las entidades Red.es y CDTI, un sistema de ayudas
extraordinarias al arte contemporáneo español como consecuencia del impacto
negativo de la crisis sanitaria del COVID-19.
Las ayudas se articularán a través de las siguientes líneas, incluidas en el
ámbito de actuación de la Dirección General de Bellas Artes:
a) Ayudas para la digitalización de las empresas culturales.
b) Adquisición de contenidos digitales de diferentes disciplinas artísticas para
difusión y uso de los productos culturales, en especial a aquellos que hayan sido
aplazados o sufran con mayor intensidad el impacto de la crisis del COVID-19, a
través de las plataformas digitales públicas.
c) Desarrollo a través de Red.es de una línea específica Acelera Pyme
Cultural para nuevos proyectos de las empresas culturales relacionados con
actividades digitales, con técnicos para el asesoramiento especializados en la
gestión cultural.
d) En colaboración con las entidades Red.es y CDTI se desarrollará desde el
Ministerio de Cultura un programa formativo de negocio digital destinado a las
empresas culturales y artistas, con preferencia para aquellas empresas que hayan
visto disminuidos sus ingresos en un 75% o más y para aquellos artistas que se
encuentren en situación de desempleo a causa del COVID-19.
e) Desarrollo y aprobación de un Código de Buenas Prácticas para las
administraciones públicas a efectos de que se adquieran licencias de derechos de
autor para la utilización de los contenidos protegidos por derechos de propiedad
intelectual, en especial, en el contenido digital.

a) Las ayudas se otorgarán de acuerdo con los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y mediante el
procedimiento de concurrencia competitiva, con las especialidades establecidas
en la presente disposición y en la resolución de convocatoria.
b) La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los términos
fijados en la resolución de convocatoria. Las ayudas contemplarán aquellas
situaciones que de manera indubitada deriven de las consecuencias para el sector
provocadas por el COVID-19, en los términos que se señalen en la resolución de
convocatoria.
c) El régimen de justificación vendrá fijado en la resolución de convocatoria.

cve: BOE-A-2021-16477
Verificable en https://www.boe.es

2. Las ayudas para la digitalización y la innovación en el sector de las
industrias culturales se concederán con arreglo a las siguientes condiciones: