III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-16469)
Resolución de 4 de octubre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124151
Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula octava de este Convenio, las
controversias no resueltas por la Comisión de Seguimiento que se pudieran suscitar
durante la vigencia del mismo será la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la
competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las
partes, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) y 88 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente Convenio digitalmente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales
y Agenda 2030.–Por el IMSERSO, Luis Alberto Barriga Martín, Director General.–Por la
Comunidad Autónoma de Catalunya, Violant Cervera i Gòdia, Consejera de Derechos
Sociales.
ANEXO I
Al Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma
de Catalunya, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa
previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el
establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el
ejercicio 2021
Se deberán cumplimentar tantas fichas como actuaciones se vayan a incorporar
como objetivos
Objetivo 1.
Disminución de la lista de espera.
Acción n.º 1: Adaptación de las modificaciones de grado y programa individual de atención (PIA) sin iniciar procedimientos administrativos (Modificación
directa con respuesta rápida central)
– Incrementar un 4% les revisiones de grado y modificaciones de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
Impacto previsto para 2021. – Elaboración de un circuito de revisión de grado y modificación de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
revisiones de grado y modificaciones de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
Hitos.
Elaboración de un circuito de revisión de grado y modificación de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
Indicadores de verificación
de cumplimiento.
– Número nuevas modificaciones de grado y Programa Individual de Atención (PIA) de oficio hechas.
– Comparación con datos de años anteriores.
Impacto previsto para 2021
– Prueba piloto contrastada y finalizada.
– Implementación del programa y de sus mejoras tras la prueba piloto.
Hitos
– Prueba piloto en funcionamiento.
– Análisis y valoración de la prueba piloto. Aspectos a mejorar.
– Valoración de reducción del tiempo de resolución de Programa Individual de Atención (PIA) en los servicios sociales
básicos sujeto de prueba piloto.
– Plan de extensión.
Indicadores de verificación
de cumplimiento
– Informe de valoración y aspectos a mejorar de la aplicación del JADE.
– Tiempo de resolución de Programa Individual de Atención (PIA) de los servicios sociales participantes en las prueba
piloto anterior y posterior a la prueba piloto.
cve: BOE-A-2021-16469
Verificable en https://www.boe.es
Acción n.º 2: Prueba piloto despliegue del programa jade para la simplificación de los procedimientos administrativos y el intercambio de información
entre los servicios centrales y los servicios sociales básicos.
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124151
Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula octava de este Convenio, las
controversias no resueltas por la Comisión de Seguimiento que se pudieran suscitar
durante la vigencia del mismo será la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la
competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las
partes, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) y 88 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente Convenio digitalmente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales
y Agenda 2030.–Por el IMSERSO, Luis Alberto Barriga Martín, Director General.–Por la
Comunidad Autónoma de Catalunya, Violant Cervera i Gòdia, Consejera de Derechos
Sociales.
ANEXO I
Al Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma
de Catalunya, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa
previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el
establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el
ejercicio 2021
Se deberán cumplimentar tantas fichas como actuaciones se vayan a incorporar
como objetivos
Objetivo 1.
Disminución de la lista de espera.
Acción n.º 1: Adaptación de las modificaciones de grado y programa individual de atención (PIA) sin iniciar procedimientos administrativos (Modificación
directa con respuesta rápida central)
– Incrementar un 4% les revisiones de grado y modificaciones de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
Impacto previsto para 2021. – Elaboración de un circuito de revisión de grado y modificación de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
revisiones de grado y modificaciones de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
Hitos.
Elaboración de un circuito de revisión de grado y modificación de Programa Individual de Atención (PIA) de oficio.
Indicadores de verificación
de cumplimiento.
– Número nuevas modificaciones de grado y Programa Individual de Atención (PIA) de oficio hechas.
– Comparación con datos de años anteriores.
Impacto previsto para 2021
– Prueba piloto contrastada y finalizada.
– Implementación del programa y de sus mejoras tras la prueba piloto.
Hitos
– Prueba piloto en funcionamiento.
– Análisis y valoración de la prueba piloto. Aspectos a mejorar.
– Valoración de reducción del tiempo de resolución de Programa Individual de Atención (PIA) en los servicios sociales
básicos sujeto de prueba piloto.
– Plan de extensión.
Indicadores de verificación
de cumplimiento
– Informe de valoración y aspectos a mejorar de la aplicación del JADE.
– Tiempo de resolución de Programa Individual de Atención (PIA) de los servicios sociales participantes en las prueba
piloto anterior y posterior a la prueba piloto.
cve: BOE-A-2021-16469
Verificable en https://www.boe.es
Acción n.º 2: Prueba piloto despliegue del programa jade para la simplificación de los procedimientos administrativos y el intercambio de información
entre los servicios centrales y los servicios sociales básicos.