I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Equipos a presión. (BOE-A-2021-16407)
Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. I. Pág. 123466
Indicaciones de peligro
Cantidad
(kg)
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (oral), categoría 2.
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (cutánea), categoría 2.
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (por inhalación), categoría 2.
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (por inhalación), categoría 3.
H300
H310
H330
H331
5
Sustancias y mezclas con Toxicidad específica en determinados órganos (exposición única), categoría 1.
H370
5
-
500
Sustancias y mezclas
Sustancias y mezclas contenidas en equipos a presión con una temperatura máxima admisible TS que supera el
punto de inflamación del fluido.
La clasificación de las sustancias y de las mezclas se realizará atendiendo a lo indicado
en el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de
diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por
el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el
Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (Reglamento CLP), y sus posteriores modificaciones.
d) Las tuberías incluidas en el artículo 4.1.3 de las categorías II y III de las referidas
en el artículo 13 y el anexo II del Real Decreto 709/2015, de 24 de julio.
En estos casos que requieren la presentación de proyecto, la instalación deberá ser
realizada por empresa de categoría EIP-2.
No obstante lo indicado en los apartados anteriores, las Instrucciones Técnicas
Complementarias de este reglamento podrán indicar condiciones diferentes para requerir
la presentación de proyecto de instalación o de otra documentación específica.
2.
Contenido del proyecto
En caso de requerirse proyecto de instalación, su contenido será al menos el siguiente:
a)
Memoria:
i. Clase de actividad industrial y uso a la que se destinan los equipos a presión.
ii. Identificación y características de los equipos a presión.
iii. Justificación de todos los requisitos reglamentarios que le sean de aplicación.
iv. Estudio de la seguridad en la utilización de la instalación (elementos de carga y
descarga, aberturas y cierres, descargas de las válvulas de seguridad o proceso,
dispositivos que impidan el acceso en condiciones de riesgo, temperaturas superficiales,
descomposición o incendio de sustancias contenidas o criterios especiales de
mantenimiento o inspección, entre otras) incluyendo las medidas específicas
relacionadas con los posibles riesgos singulares asociados a la instalación.
v. Instrucciones en caso de emergencia y procedimientos de actuación en caso de
activación o fallo de las seguridades.
i. Esquema de principio de la instalación con indicación de todos los equipos a
presión y la situación de los accesorios de seguridad. Deberán indicarse los parámetros
principales de funcionamiento (presión y temperatura, entre otras).
ii. Plano de situación de la instalación o del establecimiento, con indicación de
referencias invariables (coordenadas UTM datum ETRS89) y escala aproximada
de 1/10.000 a 1/50.000.
iii. Plano de ubicación de la instalación en el emplazamiento con indicación de
dimensiones generales, localización de los equipos principales, y si procede, distancias a
otros riesgos.
Se recomienda utilizar como guía para la elaboración del proyecto la norma UNE 157001.
cve: BOE-A-2021-16407
Verificable en https://www.boe.es
b) Presupuesto.
c) Planos:
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. I. Pág. 123466
Indicaciones de peligro
Cantidad
(kg)
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (oral), categoría 2.
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (cutánea), categoría 2.
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (por inhalación), categoría 2.
Sustancias y mezclas con Toxicidad aguda (por inhalación), categoría 3.
H300
H310
H330
H331
5
Sustancias y mezclas con Toxicidad específica en determinados órganos (exposición única), categoría 1.
H370
5
-
500
Sustancias y mezclas
Sustancias y mezclas contenidas en equipos a presión con una temperatura máxima admisible TS que supera el
punto de inflamación del fluido.
La clasificación de las sustancias y de las mezclas se realizará atendiendo a lo indicado
en el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de
diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por
el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el
Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (Reglamento CLP), y sus posteriores modificaciones.
d) Las tuberías incluidas en el artículo 4.1.3 de las categorías II y III de las referidas
en el artículo 13 y el anexo II del Real Decreto 709/2015, de 24 de julio.
En estos casos que requieren la presentación de proyecto, la instalación deberá ser
realizada por empresa de categoría EIP-2.
No obstante lo indicado en los apartados anteriores, las Instrucciones Técnicas
Complementarias de este reglamento podrán indicar condiciones diferentes para requerir
la presentación de proyecto de instalación o de otra documentación específica.
2.
Contenido del proyecto
En caso de requerirse proyecto de instalación, su contenido será al menos el siguiente:
a)
Memoria:
i. Clase de actividad industrial y uso a la que se destinan los equipos a presión.
ii. Identificación y características de los equipos a presión.
iii. Justificación de todos los requisitos reglamentarios que le sean de aplicación.
iv. Estudio de la seguridad en la utilización de la instalación (elementos de carga y
descarga, aberturas y cierres, descargas de las válvulas de seguridad o proceso,
dispositivos que impidan el acceso en condiciones de riesgo, temperaturas superficiales,
descomposición o incendio de sustancias contenidas o criterios especiales de
mantenimiento o inspección, entre otras) incluyendo las medidas específicas
relacionadas con los posibles riesgos singulares asociados a la instalación.
v. Instrucciones en caso de emergencia y procedimientos de actuación en caso de
activación o fallo de las seguridades.
i. Esquema de principio de la instalación con indicación de todos los equipos a
presión y la situación de los accesorios de seguridad. Deberán indicarse los parámetros
principales de funcionamiento (presión y temperatura, entre otras).
ii. Plano de situación de la instalación o del establecimiento, con indicación de
referencias invariables (coordenadas UTM datum ETRS89) y escala aproximada
de 1/10.000 a 1/50.000.
iii. Plano de ubicación de la instalación en el emplazamiento con indicación de
dimensiones generales, localización de los equipos principales, y si procede, distancias a
otros riesgos.
Se recomienda utilizar como guía para la elaboración del proyecto la norma UNE 157001.
cve: BOE-A-2021-16407
Verificable en https://www.boe.es
b) Presupuesto.
c) Planos: