III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-16462)
Orden ICT/1096/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para el fortalecimiento de los sistemas de comunicación y servicios telemáticos en las Cámaras Oficiales de Comercio Españolas en el extranjero y Federaciones de Cámaras, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Lunes 11 de octubre de 2021

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reintegro del pago anticipado más los intereses de demora, en el porcentaje
correspondiente a la inversión no efectuada o no justificada.
b) A los efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores se considerará
incumplimiento total el equivalente a un porcentaje inferior al 60 por ciento de realización
de la inversión financiable, y cumplimiento aproximado de modo significativo al total el
equivalente a un 60 por ciento o superior.
A efectos de calcular el anterior porcentaje, se entiende como inversión no realizada
la que no esté acreditada documentalmente, la que acredite conceptos no financiables,
la que no respete el desglose de partidas de la resolución de concesión, y la no
facturada y/o pagada.
3.

En todo caso, el alcance del incumplimiento será total en los siguientes casos:

a) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por el
beneficiario que hayan servido de base para la concesión.
b) Incumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida.
c) La no inscripción en los registros oficiales exigidos por la legislación para el
desarrollo de la actividad financiada.
Artículo 26. Protección de datos.
1. Los datos de carácter personal que consten en la documentación aportada en la
solicitud de ayuda serán tratados por la Secretaría de Estado de Comercio y será como
responsable del tratamiento de los mismos.
2. Dichos datos serán tratados con el único fin de proceder en la tramitación y
resolución de la convocatoria de ayudas referida en el Capítulo III, finalidad basada en el
interés público de la convocatoria y en su solicitud de participación en ella. La cesión de
información a otros sistemas y el Sistema de Fondos Europeos sólo se podrá realizar de
conformidad con las previsiones contenidas en la normativa europea y nacional aplicable
3. El tratamiento de los datos de los participantes se regirá de acuerdo a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016. Se establecen como responsables del tratamiento de
datos a la Secretaría de Estado de Comercio o a la respectiva Federación.
4. Los interesados podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación
vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar
que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la
portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a los responsables del
tratamiento a través de los correos electrónicos: DPB@mincotur.es.
5. Asimismo, podrán ponerse en contacto con los respectivos Delegados de
Protección de Datos en las direcciones DPB@mincotur.es, o, en su caso, presentar una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad
competente.
CAPÍTULO III

Artículo 27. Objeto de la convocatoria, condiciones y finalidad de la concesión.
1. Se convocan ayudas para el año 2021, en los términos establecidos en las bases
reguladoras incluidas en el Capítulo II de esta orden, destinadas a la transformación
digital para la modernización de las Cámaras reconocidas oficialmente por el Ministerio.
2. La finalidad de estas ayudas es financiar la transformación digital para la
modernización de las Cámaras reconocidas oficialmente por el Ministerio.
3. La convocatoria se enmarca en la inversión 5, internacionalización, del
Componente 13, Impulso a la PYME, del Plan de Recuperación, y contribuirá a los

cve: BOE-A-2021-16462
Verificable en https://www.boe.es

Convocatoria de ayudas para el ejercicio 2021