III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-16403)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas académicas externas curriculares para los Grados de Enfermería y Fisioterapia de la Facultad de Ciencias de la Salud de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Sábado 9 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 123414

Asimismo, el/la estudiante en prácticas deberá respetar el reglamento y normas del
Centro del Imserso, guardar confidencialidad absoluta en relación con la información
interna del centro, incluso una vez finalizado el periodo de prácticas, firmar el
compromiso de prácticas externas, lo que implica a su vez la aceptación del contenido
del reglamento de prácticas externas de la Universidad de Granada, y presentar un
informe final sobre la práctica realizada.
9.

Relación entre el Imserso y el/la estudiante el prácticas.

La realización de las prácticas del estudiante en el Centro del Imserso no supondrá
relación contractual con el Imserso de carácter laboral, ni relación contractual mercantil o
civil, al no concurrir los requisitos que exigen las leyes.
Imserso no está obligado a devengar contraprestación económica alguna al
estudiante.
10.

Protección de datos.

Todas las partes que por razón de las mismas tengan acceso a datos de carácter
personal, vendrán obligados a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en el
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de terminado el
proyecto. Asimismo vendrán obligados al cumplimiento de lo establecido en la
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de
derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
11.

Propiedad intelectual.

En aquellos casos en que la práctica realizada genere un producto susceptible de
propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre las diferentes partes (Universidad de
Granada, estudiante y el Imserso) se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
12.

Vigencia del convenio.

El presente convenio tiene vigencia de cuatro años pudiendo prorrogarse, en
cualquier momento antes de su finalización, por el mismo periodo por acuerdo expreso
de las partes.
Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en
el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación
facultativa en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
13.

Causas de extinción y resolución.

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o

cve: BOE-A-2021-16403
Verificable en https://www.boe.es

1. El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución: