III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2021-16327)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación R-SCI, y sus anexos, para ser utilizado por Schmitz Cargobull Ibérica, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Jueves 7 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 122831

MODELO R-SCI
Contrato Nº….
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha__de___de 20__
CONDICIONES GENERALES
13. - ARRENDATARIOS Y FIADORES
Sin perjuicio de la responsabilidad personal e ilimitada del ARRENDATARIO o de cualquier otra garantía propia o de
terceros, presente o futura, los FIADORES relacionados en las Condiciones Particulares garantizan solidariamente con el
ARRENDATARIO - y también entre sí, si fuesen más de uno - todas y cada una de las obligaciones asumidas por éste en
el presente contrato. Los FIADORES renuncian expresamente a los beneficios de orden, división y excusión y consienten
desde ahora cualquier retraso en el pago de la deuda que el ARRENDADOR pudiera conceder o tolerar, sea cual fuere
la forma en que se instrumente, y que constituya una simple facilidad de pago sin novación del Contrato.
14.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS/OTROS PACTOS
14.1 En el supuesto de que el ARRENDATARIO decida contratar algún servicio complementario, tales como diversas
modalidades de mantenimiento, telemática, etc. éstos deberán constar en las Condiciones Particulares del presente
Contrato.
14.2 El ámbito de aplicación, descripción y condiciones de los servicios complementarios señalados en las Condiciones
Particulares, se indicará en el contrato/s de servicios, el cual deberá estar debidamente firmado.
14.3 El importe correspondiente a los servicios complementarios se incluirá en la cuota mensual acordada en las
Condiciones Particulares y les será de aplicación las actualizaciones previstas en dichos contratos.
14.4 En el caso de que, una vez iniciado el presente Contrato y antes de su terminación, las partes acordaran algún pacto
adicional a lo estipulado en el mismo, éste se llevará a cabo por escrito, firmándose el mismo y adjuntando dicho pacto
como Anexo correspondiente, el cual formará parte inseparable del presente Contrato, y le será de aplicación lo estipulado
en las Condiciones Generales, así como la normativa vigente en lo regulado en el mismo.
14.5 En cualquiera de los supuestos de resolución enumerados en la Condición General 9, el servicio/s complementarios
contratados cesarán de forma simultánea y coetánea a dicha resolución y/o terminación.
15. - COTITULARIDAD
En aquellos casos en los que, atendiendo a las Condiciones Particulares, existiera más de un ARRENDATARIO, éstos
responderán personal y solidariamente entre ellos y para con el ARRENDADOR de todas las obligaciones establecidas
en el mismo.
16. - NOTIFICACIONES
16.1 Todas las notificaciones y comunicaciones entre las partes se realizarán a través de los correos electrónicos
designados en las Condiciones Particulares.
16.2 Cualquier cambio del domicilio o correo electrónico deberá ser notificado por escrito a la otra parte, a la mayor
brevedad posible. En el caso de que dicha modificación no sea comunicada, tendrá plena validez las comunicaciones
realizadas con los datos obrantes en las Condiciones Particulares, no pudiendo el ARRENDATARIO alegar
desconocimiento o falta de comunicación en forma.

Arrendatario

Arrendador

Fiador

Nombre y Apellidos:

SCI

Nombre y Apellidos:

Lugar y Fecha:

Lugar y Fecha:

Lugar y Fecha:

Firma y Sello del Arrendatario

Arrendador

Firma y Sello del Fiador

__de__

cve: BOE-A-2021-16327
Verificable en https://www.boe.es

17. - PROTECCION DE DATOS
17.1 De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) nº 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016 y la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre de PDPGDD, los intervinientes quedan informados de que sus datos
personales, incluyendo aquellos recogidos durante el desarrollo del presente contrato, serán incorporados a un
tratamiento cuyo responsable es Schmitz Cargobull Ibérica S.A.U. (SCI) con domicilio en Ctra. Alagón La Almunia A-122,
Km. 0,100 Figueruelas (Zaragoza), con la finalidad de gestionar la formalización, mantenimiento y cumplimiento de la
relación contractual, así como realizar todas las comprobaciones y averiguaciones que considere oportunas o a las que
esté obligado SCI a los fines de la operación solicitada, inclusive una consulta a cualquier fichero de solvencia patrimonial
y de crédito. El fichero se empleará también para uso interno del ARRENDADOR y de las entidades pertenecientes a su
grupo empresarial con objeto de ofrecer y prestar a los firmantes otros servicios comerciales, financieros, de inversión, de
previsión y de seguros. Además de los identificados en el presente contrato, en el cumplimiento del mismo será necesaria
la recogida de los datos referidos a los conductores habituales o autorizados del VEHICULO/S objeto del Contrato, por lo
que los Intervinientes declaran y garantizan haber informado a éstos de los extremos contenidos en esta cláusula.
Los datos personales del ARRENDATARIO/S y del Fiador/es se conservarán por el ARRENDADOR durante toda la
vigencia del Contrato y por el periodo de tiempo exigido por la normativa de aplicación.