II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Reservistas voluntarios. (BOE-A-2021-16265)
Resolución 452/38363/2021, de 1 de octubre, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación para la adquisición de la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 122335

derivados de su asignación, hasta que la persona interesada adquiera la nueva
condición de reservista voluntario en la nueva categoría, mediante la correspondiente
resolución hecha pública en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». En caso de no
serle asignada nueva plaza o no superar el nuevo periodo de formación, mantendrá la
que ostentaba a todos los efectos. Hasta la obtención de la plaza de la nueva categoría,
continuará en la situación de disponibilidad, debiendo ampliar durante este periodo, si le
corresponde, el compromiso como reservista voluntario. En caso de serle denegada la
ampliación del compromiso perderá la condición de reservista voluntario y la plaza que,
en su caso, le pudiera ser asignada en el presente proceso de selección.
g) No podrán optar a las plazas ofertadas en la presente convocatoria los
reservistas voluntarios que lo hagan por causa distinta a la expresada en la base 2.2.f).
De lo contrario, para participar en el presente proceso de selección, previamente
deberán perder la condición de reservista voluntario con arreglo a la normativa vigente.
Una vez resuelta la solicitud de pérdida de la condición de reservista voluntario, durante
los tres (3) años siguientes a la fecha de adquisición de la citada condición, sólo se
podrá optar a las plazas del mismo Ejército, Armada o Cuerpo Común de las Fuerzas
Armadas al que pertenecía la plaza que tenía asignada.
3.

Solicitud de cita previa

3.1 La participación en el proceso de selección de esta convocatoria se iniciará con
la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas
dirigida al Secretario General, Gestor del Área de Reclutamiento o Jefe del Órgano de
Apoyo, de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del
aspirante, según modelo que figura como apéndice 1. El plazo de solicitud de cita previa
será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de
esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 La solicitud de cita previa se podrá presentar personalmente, o por correo
certificado, en las Secretarías Generales, Áreas de Reclutamiento, Órganos de Apoyo,
Oficinas Delegadas u Oficinas o Puntos de Información dependientes de las
Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa. Igualmente, y siempre que esté
disponible, la cita previa se podrá solicitar por vía telefónica en el número 902 43 21 00
o 913 08 97 98 o a través de la página web del Ministerio de Defensa https://
reclutamiento.defensa.gob.es/. También podrá presentarse en las unidades, centros y
organismos del Ministerio de Defensa, y de la Guardia Civil, desde donde se cursará a la
Secretaría General de la Delegación de Defensa o al Área de Reclutamiento/Órgano de
Apoyo de la Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del solicitante. De
igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá a la Subdelegación de
Defensa en Madrid. Por último, la solicitud de cita previa podrá presentarse ante el resto
de los organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre. En todo caso, cuando la instancia se presente en lugar distinto a una
Subdelegación de Defensa, el aspirante la adelantará vía FAX a la que le corresponda
por lugar de residencia, dentro del plazo de admisión de solicitudes, al número que para
cada una figura en el apéndice 6.
3.3 En la solicitud de cita previa, el aspirante podrá denegar el consentimiento
otorgado para que el Centro de Selección correspondiente pueda acceder al Sistema de
Verificación de Datos de Identidad puesto a disposición de los Departamentos y
Organismos de la Administración General del Estado. Si la cita previa se solicitase por
teléfono o por medio de la página web del Ministerio de Defensa, la solicitud se
cumplimentará y presentará en el momento del inicio de las pruebas. La Secretaría
General, el Área de Reclutamiento o el Órgano de Apoyo receptor de la solicitud de la
cita previa comunicará directamente o mediante el envío de un correo electrónico a la
dirección aportada en el apéndice 4, a cada uno de los solicitantes la aceptación de

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Núm. 239