III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-16287)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el impulso y consolidación del Sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 122646

– Si la prestación referenciada en el alta del pago (por el campo clave propia
entidad) no existe en el sistema se rechazará la operación.
– Solo la entidad que dio de alta la prestación podrá asociar pagos a la misma.
– La limitación en el periodo del pago que se va a informar se establece en 5 años.
Borrado de pago. Se utilizará para borrar un pago. Esta acción está destinada a
corregir altas de pago erróneas. Por tanto una baja de un pago conllevará el borrado
físico del pago.
Validaciones a aplicar.
– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de borrado de pago
vienen detallados en la tabla del apartado 5.2.2
– Si la prestación referenciada en el borrado del pago (por el campo clave propia
entidad) no existe en el sistema se rechazará la operación.
– Solo la entidad que dio de alta el pago podrá borrar dicho pago.
– Para identificar el pago que se desea borrar se utilizarán todos los datos
obligatorios. Es decir, si no se especifican en el movimiento de borrado los mismos datos
que se encuentran en el sistema no se eliminará el pago.
Cambio de situación de pago. Esta acción tiene como objeto el cambio de situación
de un pago que se estaba percibiendo y por alguna razón se desea cambiar su situación.
Esta acción se utilizará generalmente para indicar si un pago está «Pagado» o «No
pagado».
Validaciones a aplicar.
– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de cambio de situación
de pago vienen detallados en la tabla del apartado 5.2.2
– Si la prestación referenciada en el cambio de situación del pago (por el campo
clave propia entidad) no existe en el sistema se rechazará la operación.
– Solo la entidad que dio de alta el pago podrá cambiar la situación de dicho pago.
– Para identificar el pago que se desea modificar se utilizarán todos los datos
obligatorios. Es decir, si no se especifican en el movimiento de cambio de estado los
mismos datos que se encuentran en el sistema (excepto situación de pago que es el
valor que se pretende cambiar) no se modificara el estado pago.
– Teniendo en cuenta que solo se van a almacenar los pagos referentes al año en
curso y a los 5 años anteriores, solo se podrán cambiar el estado de los pagos
contenidos en este periodo.
Obligatoriedad de campos. En esta tabla se presenta la información obligatoria que
se deberá remitir para cada tipo de acción:
11 Alta 12 Borrado 13 Cambio Situac.

CÓDIGO DE ACTUACIÓN.

11

12

13

ENTIDAD GESTORA.

S

S

S

CLAVE PROPIA ENTIDAD.

S

S

S

EJERCICIO.

S

S

S

FECHA INICIO PAGO.

S

S

S

FECHA FIN PAGO.

S

S

S

IMPORTE PAGO.

S

N

N

CLASE DE PAGO.

S

S

S

SITUACIÓN DE PAGO.

S

N

S

cve: BOE-A-2021-16287
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