III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-16284)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Endesa Generación, SA, el cierre de los dos grupos de la Central Térmica de Litoral y se establece un condicionado para uno de los cierres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Miércoles 6 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122593
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16284
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se autoriza a Endesa Generación, SA, el
cierre de los dos grupos de la Central Térmica de Litoral y se establece un
condicionado para uno de los cierres.
HECHOS
Con fecha 27 de diciembre de 2019 Endesa Generación S.A. solicitó autorización
administrativa para el cierre de los Grupos 1 y 2 de la central termoeléctrica de carbón de
Litoral de Almería, con una potencia neta de 557 y 562 MW, respectivamente, en el
término municipal de Carboneras (Almería) para antes del 30 de junio de 2021.
Con fecha 6 de febrero de 2020, conforme a lo dispuesto el artículo 53.5 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 137 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó a Red Eléctrica de España, en su
calidad de Operador del Sistema, informe previo relativo a dicho cierre.
Con fecha 20 de febrero de 2020 tuvo entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Red Eléctrica de España, en su calidad de Operador del Sistema. Con
fecha 28 de febrero de 2020, se recibe así mismo oficio de corrección de errores al
informe de fecha 20 de febrero de 2020. En el mismo se informa que «El cierre de uno
de los grupos de la Central Térmica de Litoral es compatible con la seguridad del sistema
y la garantía de suministro eléctrico. El segundo grupo de Litoral, por razón de seguridad
zonal, deberá esperar a la puesta en servicio de eje Caparacena-Baza-La Ribina 400 kV,
incluido en la Planificación Energética vigente».
Asimismo, con fecha 11 de junio de 2020 el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación de Gobierno en Almería informó sobre dicha solicitud de cierre. En dicho
informe se concluye que:
Con fecha 17 de diciembre de 2020 se notificó al promotor el trámite de audiencia
sobre la «propuesta de resolución de esta Dirección General por la que se autoriza a
Endesa Generación S.A. el cierre de uno de los dos grupos, 1 o 2, de la Central Térmica
de Litoral, situada en el término municipal de Carboneras (Almería)», que se elaboró a la
vista de la información recibida, y con el fin de que presentase las alegaciones que
estimase oportunas.
Asimismo, en fecha 17 de diciembre de 2020 se remitió a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia para emisión de informe preceptivo.
cve: BOE-A-2021-16284
Verificable en https://www.boe.es
«Considerando que la empresa solicitante, ha presentado la documentación reflejada
en el artículo 135 del Real Decreto 1955/2000, y de conformidad con lo establecido en la
Ley 54/1997 del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000. Se emite el presente
informe favorable a la solicitud de cierre de de los grupos I y II de la central
termoeléctrica de carbón de Litoral de Almería, en el término municipal de Carboneras
(Almería).»
Núm. 239
Miércoles 6 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122593
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16284
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se autoriza a Endesa Generación, SA, el
cierre de los dos grupos de la Central Térmica de Litoral y se establece un
condicionado para uno de los cierres.
HECHOS
Con fecha 27 de diciembre de 2019 Endesa Generación S.A. solicitó autorización
administrativa para el cierre de los Grupos 1 y 2 de la central termoeléctrica de carbón de
Litoral de Almería, con una potencia neta de 557 y 562 MW, respectivamente, en el
término municipal de Carboneras (Almería) para antes del 30 de junio de 2021.
Con fecha 6 de febrero de 2020, conforme a lo dispuesto el artículo 53.5 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 137 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó a Red Eléctrica de España, en su
calidad de Operador del Sistema, informe previo relativo a dicho cierre.
Con fecha 20 de febrero de 2020 tuvo entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Red Eléctrica de España, en su calidad de Operador del Sistema. Con
fecha 28 de febrero de 2020, se recibe así mismo oficio de corrección de errores al
informe de fecha 20 de febrero de 2020. En el mismo se informa que «El cierre de uno
de los grupos de la Central Térmica de Litoral es compatible con la seguridad del sistema
y la garantía de suministro eléctrico. El segundo grupo de Litoral, por razón de seguridad
zonal, deberá esperar a la puesta en servicio de eje Caparacena-Baza-La Ribina 400 kV,
incluido en la Planificación Energética vigente».
Asimismo, con fecha 11 de junio de 2020 el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación de Gobierno en Almería informó sobre dicha solicitud de cierre. En dicho
informe se concluye que:
Con fecha 17 de diciembre de 2020 se notificó al promotor el trámite de audiencia
sobre la «propuesta de resolución de esta Dirección General por la que se autoriza a
Endesa Generación S.A. el cierre de uno de los dos grupos, 1 o 2, de la Central Térmica
de Litoral, situada en el término municipal de Carboneras (Almería)», que se elaboró a la
vista de la información recibida, y con el fin de que presentase las alegaciones que
estimase oportunas.
Asimismo, en fecha 17 de diciembre de 2020 se remitió a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia para emisión de informe preceptivo.
cve: BOE-A-2021-16284
Verificable en https://www.boe.es
«Considerando que la empresa solicitante, ha presentado la documentación reflejada
en el artículo 135 del Real Decreto 1955/2000, y de conformidad con lo establecido en la
Ley 54/1997 del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000. Se emite el presente
informe favorable a la solicitud de cierre de de los grupos I y II de la central
termoeléctrica de carbón de Litoral de Almería, en el término municipal de Carboneras
(Almería).»