III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-16277)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Gestor del Fondo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 122504

b) La autorización previa de decisiones estratégicas de la empresa beneficiaria que
hayan sido establecidas en el Acuerdo de Accionistas o el Acuerdo de Gestión con la
Compañía.
c) El otorgamiento de dispensa (waiver) respecto de los incumplimientos de
obligaciones asumidas en los contratos (covenants), cuando así convenga al buen fin del
apoyo financiero público temporal.
d) Recibir del Vicepresidente de SEPI y del Director del Fondo de Apoyo a la
Solvencia de Empresas Estratégicas la información sobre el seguimiento de las
operaciones de apoyo financiero público temporal conferido.
e) Adoptar cualesquiera decisiones sean precisas para la salvaguarda de los
intereses del Fondo en los casos en que la urgencia de la situación impida o haga
excesivamente difícil la adopción de dicha decisión por el Consejo Gestor, debiendo dar
cuenta de las decisiones adoptadas a éste para su ratificación.

cve: BOE-A-2021-16277
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Solicitar del Ministerio de Hacienda y Función Pública la aprobación a que
se refiere el párrafo tercero del artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público para las delegaciones que no recaen en la
Presidencia de SEPI.
Quinto. Dejar sin efecto la resolución sobre delegación de competencias de 7 de
agosto de 2020, que queda sustituida por la presente desde su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado".»

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X