III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-16218)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Jefatura Central de Tráfico, para regular la utilización de dos locales en la ciudad de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Martes 5 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122006
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Décima. Vigencia.
El presente Convenio se perfecciona, según lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una
vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el
plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el Boletín Oficial del Estado.
El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años, siendo susceptible de
prórroga por un período de hasta 4 años adicionales, que deberá ser acordada por las
partes en cualquier momento antes de la finalización del plazo inicial.
El Convenio podrá modificarse mediante acuerdo unánime de los firmantes, según lo
dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, mediante adenda tramitada conforme a
los requisitos previstos legalmente.
Undécima.
Publicidad.
Conforme a los criterios de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 8.1.b), el presente Convenio debe ser objeto de publicación.
cve: BOE-A-2021-16218
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con todo lo expuesto y acordado, en el ejercicio de las atribuciones
de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por duplicado
ejemplar.–El Director General del Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo
Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–El Presidente del Organismo Autónomo Jefatura
Central de Tráfico, Pere Navarro Olivella.
Núm. 238
Martes 5 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122006
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Décima. Vigencia.
El presente Convenio se perfecciona, según lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una
vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el
plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el Boletín Oficial del Estado.
El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años, siendo susceptible de
prórroga por un período de hasta 4 años adicionales, que deberá ser acordada por las
partes en cualquier momento antes de la finalización del plazo inicial.
El Convenio podrá modificarse mediante acuerdo unánime de los firmantes, según lo
dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, mediante adenda tramitada conforme a
los requisitos previstos legalmente.
Undécima.
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Conforme a los criterios de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 8.1.b), el presente Convenio debe ser objeto de publicación.
cve: BOE-A-2021-16218
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con todo lo expuesto y acordado, en el ejercicio de las atribuciones
de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por duplicado
ejemplar.–El Director General del Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo
Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–El Presidente del Organismo Autónomo Jefatura
Central de Tráfico, Pere Navarro Olivella.