III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Elecciones. (BOE-A-2021-16215)
Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Martes 5 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121988
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
16215
Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el
proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales
de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
El artículo 18.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación, establece que el departamento competente
en la materia determinará la apertura del proceso electoral de las Cámaras, previo
acuerdo con las Comunidades Autónomas que tengan atribuida competencia en esta
materia, correspondiendo a la respectiva Administración tutelante la convocatoria de
elecciones, cada cuatro años.
El último proceso de renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España se inició con la publicación de la
Orden EIC/710/2017, de 26 de julio, que estableció que el proceso electoral quedaba
abierto el día 2 de octubre de 2017 y finalizaría el día 30 de septiembre de 2018. Este
plazo fue determinado previo acuerdo con las Comunidades Autónomas en la
Conferencia Sectorial de Comercio Interior de 21 de abril de 2017.
Tras la petición por parte de una serie de Comunidades Autónomas que, una vez
finalizado el plazo previsto, no habían conseguido culminar dicho proceso, se procedió a
la prórroga del mismo con la aprobación de la Orden ICT/990/2018, de 24 de septiembre,
que ampliaba el plazo electoral hasta el día 31 de marzo de 2019.
Posteriormente, las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias y Cataluña
solicitaron formalmente una nueva ampliación del plazo del proceso electoral, dado que en
sus respectivos territorios no se había procedido a la celebración de las elecciones
camerales. Esta segunda prórroga se sustanció con la aprobación de la Orden ICT/396/2019,
de 29 de marzo, que amplió de nuevo el proceso electoral hasta el 15 de noviembre de 2019.
Una vez transcurridos cuatro años desde la fecha de publicación de la Orden
EIC/710/2017, de 26 de julio, por la que se declara abierto el proceso electoral para la
renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación de España, se hace necesario aprobar esta orden para proceder
nuevamente a la renovación de dichos Plenos.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 4/2014,
de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación, y en el artículo 24.1 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se
desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación, previo acuerdo con a las Comunidades Autónomas
adoptado en Conferencia Sectorial de 30 de septiembre de 2021, dispongo:
Apertura del proceso electoral.
1. Se abre el proceso electoral para la renovación íntegra de los Plenos de las
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
2. El proceso electoral quedará abierto a partir del 7 de octubre de 2021 y finalizará
el día 15 de noviembre de 2023.
Segundo.
Exposición del censo electoral.
1. Las diferentes Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación, diez días después de abierto el proceso electoral, deberán exponer sus
censos, actualizados al menos a fecha de 1 de enero anterior, al público en su domicilio
social, en sus delegaciones, en la página principal de Internet de cada Cámara, y en
cve: BOE-A-2021-16215
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 238
Martes 5 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121988
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
16215
Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el
proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales
de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
El artículo 18.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación, establece que el departamento competente
en la materia determinará la apertura del proceso electoral de las Cámaras, previo
acuerdo con las Comunidades Autónomas que tengan atribuida competencia en esta
materia, correspondiendo a la respectiva Administración tutelante la convocatoria de
elecciones, cada cuatro años.
El último proceso de renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España se inició con la publicación de la
Orden EIC/710/2017, de 26 de julio, que estableció que el proceso electoral quedaba
abierto el día 2 de octubre de 2017 y finalizaría el día 30 de septiembre de 2018. Este
plazo fue determinado previo acuerdo con las Comunidades Autónomas en la
Conferencia Sectorial de Comercio Interior de 21 de abril de 2017.
Tras la petición por parte de una serie de Comunidades Autónomas que, una vez
finalizado el plazo previsto, no habían conseguido culminar dicho proceso, se procedió a
la prórroga del mismo con la aprobación de la Orden ICT/990/2018, de 24 de septiembre,
que ampliaba el plazo electoral hasta el día 31 de marzo de 2019.
Posteriormente, las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias y Cataluña
solicitaron formalmente una nueva ampliación del plazo del proceso electoral, dado que en
sus respectivos territorios no se había procedido a la celebración de las elecciones
camerales. Esta segunda prórroga se sustanció con la aprobación de la Orden ICT/396/2019,
de 29 de marzo, que amplió de nuevo el proceso electoral hasta el 15 de noviembre de 2019.
Una vez transcurridos cuatro años desde la fecha de publicación de la Orden
EIC/710/2017, de 26 de julio, por la que se declara abierto el proceso electoral para la
renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación de España, se hace necesario aprobar esta orden para proceder
nuevamente a la renovación de dichos Plenos.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 4/2014,
de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación, y en el artículo 24.1 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se
desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación, previo acuerdo con a las Comunidades Autónomas
adoptado en Conferencia Sectorial de 30 de septiembre de 2021, dispongo:
Apertura del proceso electoral.
1. Se abre el proceso electoral para la renovación íntegra de los Plenos de las
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
2. El proceso electoral quedará abierto a partir del 7 de octubre de 2021 y finalizará
el día 15 de noviembre de 2023.
Segundo.
Exposición del censo electoral.
1. Las diferentes Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación, diez días después de abierto el proceso electoral, deberán exponer sus
censos, actualizados al menos a fecha de 1 de enero anterior, al público en su domicilio
social, en sus delegaciones, en la página principal de Internet de cada Cámara, y en
cve: BOE-A-2021-16215
Verificable en https://www.boe.es
Primero.