II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2021-16095)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se convoca plaza de Director/a de Tecnologías y Contenidos Digitales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Lunes 4 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 121379
Tercero. Régimen de contratación.
El candidato designado suscribirá un contrato de alta dirección en los términos
previstos en la disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas
urgentes para la reforma del mercado laboral; en el artículo 2.1.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que
se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector
público empresarial y otras entidades; y en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto,
por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta
dirección, así como en el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Cuarto.
Requisitos.
– Tener la nacionalidad española.
– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial.
– Titulación de Licenciatura o Grado. La titulación será la oficialmente reconocida u
homologada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional español (siendo
necesario presentar la documentación que confirme el reconocimiento u homologación
de dicho Ministerio).
– Experiencia laboral en el área de las Tecnologías.
Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos candidatos que no reúnan
estos requisitos de participación, o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo.
Quinto.
Méritos.
Se considerarán los siguientes méritos:
a) Formación académica en tecnologías y sistemas de información y comunicaciones.
b) Experiencia en proyectos de transformación digital, especialmente en las áreas
de la enseñanza y la cultura.
c) Experiencia en proyectos de transformación digital en el sector público.
d) Experiencia en la dirección y gestión de equipos de trabajo.
e) Experiencia en relaciones internacionales.
f) Conocimientos de idiomas.
Se tendrá, también, en consideración la disponibilidad para viajar y la capacidad
de liderazgo y de trabajo en equipo del aspirante, así como la adecuación del perfil del
candidato al puesto.
Los aspirantes presentarán las solicitudes conforme al modelo que figura en el
anejo I. A la solicitud deberá acompañarse un currículum vitae actualizado en el que
consten relacionados los requisitos y los méritos que se alegan, que deberán ser
acreditados documentalmente.
Los candidatos deberán dirigir sus solicitudes en el plazo de diez días hábiles a partir
de su publicación en el BOE, por alguno de los siguientes medios:
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación
y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los candidatos deberán
presentar sus solicitudes a través de la sede electrónica del Instituto Cervantes
cve: BOE-A-2021-16095
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Solicitudes.
Núm. 237
Lunes 4 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 121379
Tercero. Régimen de contratación.
El candidato designado suscribirá un contrato de alta dirección en los términos
previstos en la disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas
urgentes para la reforma del mercado laboral; en el artículo 2.1.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que
se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector
público empresarial y otras entidades; y en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto,
por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta
dirección, así como en el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Cuarto.
Requisitos.
– Tener la nacionalidad española.
– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial.
– Titulación de Licenciatura o Grado. La titulación será la oficialmente reconocida u
homologada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional español (siendo
necesario presentar la documentación que confirme el reconocimiento u homologación
de dicho Ministerio).
– Experiencia laboral en el área de las Tecnologías.
Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos candidatos que no reúnan
estos requisitos de participación, o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo.
Quinto.
Méritos.
Se considerarán los siguientes méritos:
a) Formación académica en tecnologías y sistemas de información y comunicaciones.
b) Experiencia en proyectos de transformación digital, especialmente en las áreas
de la enseñanza y la cultura.
c) Experiencia en proyectos de transformación digital en el sector público.
d) Experiencia en la dirección y gestión de equipos de trabajo.
e) Experiencia en relaciones internacionales.
f) Conocimientos de idiomas.
Se tendrá, también, en consideración la disponibilidad para viajar y la capacidad
de liderazgo y de trabajo en equipo del aspirante, así como la adecuación del perfil del
candidato al puesto.
Los aspirantes presentarán las solicitudes conforme al modelo que figura en el
anejo I. A la solicitud deberá acompañarse un currículum vitae actualizado en el que
consten relacionados los requisitos y los méritos que se alegan, que deberán ser
acreditados documentalmente.
Los candidatos deberán dirigir sus solicitudes en el plazo de diez días hábiles a partir
de su publicación en el BOE, por alguno de los siguientes medios:
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación
y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los candidatos deberán
presentar sus solicitudes a través de la sede electrónica del Instituto Cervantes
cve: BOE-A-2021-16095
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Solicitudes.