II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2021-16098)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo, en la Dirección General de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Lunes 4 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 121403

familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en el mismo municipio, entendiéndose,
en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por
ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (Anexo II) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante.
Cuarta. Baremo de Valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos (Anexo
III) podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte
el justificante de su solicitud formulada en plazo.
La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una
puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo, de 25 puntos.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
I.

Méritos generales.

1.

Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa se
valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala
correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:
– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.
– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se
concursa: 6 puntos.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se
concursa: 4 puntos.

2.

Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo en el Cuerpo o Escala desde el que se
participa durante los últimos cinco años (sesenta meses) inmediatamente anteriores a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de acuerdo con los criterios

cve: BOE-A-2021-16098
Verificable en https://www.boe.es

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras
Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el
Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario, cuando se halle dentro del
intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo
establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del
Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que
pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al
intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General
del Estado.
El funcionario o la funcionaria que considere tener un grado personal consolidado, o
que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá
recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la Base Quinta, que dicha
circunstancia quede expresamente reflejada en el Anexo III.