III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios. (BOE-A-2021-16134)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, para la realización de prácticas externas en la Subdelegación del Gobierno en Valencia.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Lunes 4 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 121564

e) Cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social (en particular, alta
en el Régimen General de la Seguridad Social y afiliación) que la normativa vigente
establezca respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.
Octava. Naturaleza de la relación entre el alumnado y la Delegación del Gobierno en la
Comunidad Valenciana/Subdelegación del Gobierno en Valencia.
La relación entre la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana/
Subdelegación del Gobierno en Valencia y los estudiantes en prácticas no supondrá más
compromiso que el derivado del presente convenio, no existiendo en ningún caso
relación estatutaria o laboral entre ambas partes ni implicará para la Administración
General del Estado obligación contributiva alguna.
Asimismo, la realización de las prácticas académicas en la Delegación del Gobierno
en la Comunidad Valenciana/Subdelegación del Gobierno en Valencia no supondrá la
consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos
de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia
de Seguridad Social que deriven de la Disposición Adicional Quinta del Real DecretoLey 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo y su normativa de desarrollo,
correspondiendo a la Universidad –y no a la Administración General del Estado– el
cumplimiento de las mismas.
Novena.

Seguro. Cobertura de riesgos.

El estudiante que participe en el programa de prácticas en la Delegación del
Gobierno en la Comunidad Valenciana/Subdelegación del Gobierno en Valencia estará
cubierto por el seguro escolar o, en su defecto, por un seguro de accidentes para el
periodo de prácticas, cuyos gastos en ningún caso serán a cargo de la Delegación del
Gobierno en la Comunidad Valenciana/Subdelegación del Gobierno en Valencia. Si
conforme dispone la cláusula octava, resultaran de aplicación al estudiante en prácticas
las obligaciones en materia de seguridad social reguladas en la disposición adicional
quinta del Real Decreto-ley 28/2018 y en la normativa que lo desarrolle, los citados
seguros no resultarán precisos si la normativa aplicable previera para los supuestos
regulados en la disposición la cobertura por parte del Sistema Nacional de Salud de la
prestación de asistencia sanitaria. La Universidad deberá tener cubierto con un seguro
de responsabilidad civil las incidencias que pudieran derivarse de la realización de las
prácticas en la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana/Subdelegación del
Gobierno en Valencia. No se aplicará el régimen de cobertura de las normas laborales,
dado que no hay contrato laboral en la relación establecida entre el estudiante y la
Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana/Subdelegación del Gobierno en
Valencia.
Régimen de permisos.

El régimen de permisos del estudiante será consensuado entre el tutor académico de
la Universidad y el tutor de la Administración.
No obstante el estudiante tendrá derecho a los permisos necesarios para asistir a los
exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios, así
como la asistencia, en su caso a las reuniones de los órganos de gobierno de la
Universidad o visitas médicas debidamente justificadas. Para ello, deberá comunicarlo
previamente y con antelación suficiente al tutor designado por parte de la Administración.

cve: BOE-A-2021-16134
Verificable en https://www.boe.es

Décima.