III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-16045)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Ciudad de Melilla, para la financiación de actuaciones en Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Sábado 2 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121279
Décima. Extinción.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio.
La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
cve: BOE-A-2021-16045
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con el presente convenio, lo firman por duplicado las
partes, en el lugar y fecha indicados al inicio, rubricando cada una de las páginas de que
consta.–La Secretaria de Estado de Hacienda, Inés María Bardón Rafael.–La Consejera
de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dunia Al-Mansouri
Umpiérrez.
Núm. 236
Sábado 2 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121279
Décima. Extinción.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio.
La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
cve: BOE-A-2021-16045
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con el presente convenio, lo firman por duplicado las
partes, en el lugar y fecha indicados al inicio, rubricando cada una de las páginas de que
consta.–La Secretaria de Estado de Hacienda, Inés María Bardón Rafael.–La Consejera
de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dunia Al-Mansouri
Umpiérrez.