III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-16045)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Ciudad de Melilla, para la financiación de actuaciones en Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Sábado 2 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 121276

EXPONEN
I
La Ciudad de Melilla, dada la especial situación geográfica, y sin tener la
consideración de zona ultra periférica por la Unión Europea, constituye la frontera sur de
Europa y está sometida a una fuerte presión migratoria. El desarrollo industrial de la
citada ciudad se encuentra limitado por las reducidas dimensiones de su territorio y por
la inexistencia de materias primas locales y de recursos básicos. La inversión en I+D+I
es escasa, pues no existen centros de investigación y la estructura empresarial media de
Melilla se encuentra formada por PYMES y microempresas, con escasas posibilidades
de generar empleo. Al mismo tiempo el sector turístico tiene una dimensión muy
reducida.
La Ciudad de Melilla tiene una elevada tasa de habitantes en el umbral de la
pobreza, con una baja tasa de viviendas por habitante. Los elevados costes del
transporte de viajeros y mercancías, en barco o avión, dificultan el desarrollo económico
y turístico, agravado además por el desarme arancelario de la zona del Magreb.
Por todo ello, la Administración General del Estado y la Ciudad de Melilla coinciden
en considerar prioritaria la financiación de actuaciones sociales, siendo de interés de la
Administración General del Estado la aportación de recursos económicos destinados a
esta finalidad.
II
En el Estado de Gastos de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
y en la Sección 37, Servicio 02, Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
Entidades Locales, Programa 942N, Otras aportaciones a Entidades Locales, capítulo 4,
Transferencias corrientes, concepto 465, Para financiar actuaciones en Melilla, figura un
crédito por un importe máximo de 10.250.000 de euros.
III
De acuerdo a lo establecido por el artículo 22.2.a) de la vigente Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y en desarrollo de lo previsto en el artículo 65
del reglamento de la misma aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la
concesión de estas subvenciones nominativas podrá formalizarse por Convenio, que
tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a efectos de lo dispuesto en la
Ley General de Subvenciones.
Por cuanto antecede, y reconociéndose capacidad legal suficiente, las partes
suscriben el presente Convenio de colaboración, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la ayuda a la Ciudad de Melilla
para financiar actuaciones de gasto corriente en materia social a realizar o realizadas en
dicha Ciudad en el ejercicio 2021.
Segunda.

Eficacia y duración del Convenio.

El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y
publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
La vigencia del Convenio finalizará el 31 de diciembre de 2021.

cve: BOE-A-2021-16045
Verificable en https://www.boe.es

Primera.