III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-16047)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Sábado 2 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121297
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Segundo.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el
Capítulo VI de su Título Preliminar, incluye las previsiones normativas necesarias para
fijar el marco al que deben someterse los convenios que se suscriban por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes. El presente convenio se sujeta a las prescripciones legales
establecidas en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por
el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Tercero.
La Agencia Tributaria de la Región de Murcia, creada por la Ley 14/2012, de 27 de
diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público
regional, y adscrita a la Consejería de Presidencia y Hacienda, ejerce las funciones de
gestión tributaria y recaudatoria de los tributos cedidos por el Estado, en virtud de la
Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las
Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y
se modifican determinadas normas tributarias.
El artículo 43 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias,
administrativas y de reordenación del sector público regional, dispone que la Agencia
Tributaria de la Región de Murcia podrá suscribir convenios de colaboración con otras
administraciones y entidades públicas, en cuanto a los ámbitos de actuación que directa
o indirectamente le son propios.
Cuarto.
La Agencia Tributaria de la Región de Murcia, en fecha 12 de marzo de 2021, solicitó
a través de la Gerencia Regional del Catastro de Murcia, a la Dirección General del
Catastro la formalización del presente convenio, con el objeto de coordinar con dicho
centro directivo las actuaciones relativas al uso del valor de referencia en el ejercicio de
sus respectivas competencias. Asimismo, se persigue el objetivo de intercambio de
información sobre el mercado inmobiliario, en aras de su mejor gestión por parte de
ambos.
Quinto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda informó favorablemente la
formalización del presente convenio en fecha 13 de abril de 2021.
De conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los
correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos de fecha 4 de mayo de 2021 y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial. Secretaría de
Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de
fecha 20 de mayo de 2021.
cve: BOE-A-2021-16047
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 236
Sábado 2 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121297
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Segundo.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el
Capítulo VI de su Título Preliminar, incluye las previsiones normativas necesarias para
fijar el marco al que deben someterse los convenios que se suscriban por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes. El presente convenio se sujeta a las prescripciones legales
establecidas en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por
el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Tercero.
La Agencia Tributaria de la Región de Murcia, creada por la Ley 14/2012, de 27 de
diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público
regional, y adscrita a la Consejería de Presidencia y Hacienda, ejerce las funciones de
gestión tributaria y recaudatoria de los tributos cedidos por el Estado, en virtud de la
Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las
Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y
se modifican determinadas normas tributarias.
El artículo 43 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias,
administrativas y de reordenación del sector público regional, dispone que la Agencia
Tributaria de la Región de Murcia podrá suscribir convenios de colaboración con otras
administraciones y entidades públicas, en cuanto a los ámbitos de actuación que directa
o indirectamente le son propios.
Cuarto.
La Agencia Tributaria de la Región de Murcia, en fecha 12 de marzo de 2021, solicitó
a través de la Gerencia Regional del Catastro de Murcia, a la Dirección General del
Catastro la formalización del presente convenio, con el objeto de coordinar con dicho
centro directivo las actuaciones relativas al uso del valor de referencia en el ejercicio de
sus respectivas competencias. Asimismo, se persigue el objetivo de intercambio de
información sobre el mercado inmobiliario, en aras de su mejor gestión por parte de
ambos.
Quinto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda informó favorablemente la
formalización del presente convenio en fecha 13 de abril de 2021.
De conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los
correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos de fecha 4 de mayo de 2021 y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial. Secretaría de
Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de
fecha 20 de mayo de 2021.
cve: BOE-A-2021-16047
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.