III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-16005)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120954
promovidas por terceros, cuando el objeto de tales solicitudes haya de ejecutarse en la
zona de dominio público, en la zona de protección y/o dentro de la línea límite de
edificación. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la elaboración de las
propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se interpongan frente a las
resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.ª Competencias para el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones y
acuerdos de afectaciones concurrentes contempladas en los artículos 67 y 91 de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, para
la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.1 Se delega en el titular de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF,
hasta la cuantía de 1.000.000 de euros en concepto de tasa, la competencia para
resolver el otorgamiento de las concesiones y autorizaciones contempladas en el
artículo 91 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.2 Se delega en el titular de la Jefatura de Área de Ventas y Arrendamientos de
la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF las facultades de instrucción de los
expedientes que se tramiten relativos a las solicitudes de ocupación y/o utilización del
dominio público ferroviario. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la
elaboración de las propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se
interpongan frente a las resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.3 Se delega en el titular de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF, la
competencia para resolver el otorgamiento de acuerdos de afectación concurrente
contemplados en el artículo 67 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio
público ferroviario.
11.ª Competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes
tramitados de conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde
administrativo sobre bienes demaniales de titularidad de ADIF. Se delega en el titular de
la Dirección de Patrimonio y Urbanismo la competencia para acordar el inicio, instrucción
y resolución de expedientes tramitados de conformidad con la Instrucción de
procedimiento interno de deslinde administrativo sobre bienes demaniales de titularidad
de ADIF, de acuerdo con lo que, al efecto, dispone la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.ª Competencia para representar y actuar en nombre de ADIF ante las
administraciones públicas u organismos públicos vinculados o dependientes de éstas, en
lo referido a los expedientes administrativos que se promuevan por éstas relativos a
inmuebles de ADIF destinados a oficinas y otros inmuebles o espacios dedicados a fines
formativos o sociolaborales. Se delega en el titular de la Subdirección de Servicios
Generales de ADIF la competencia para representar y actuar en nombre de ADIF ante
las administraciones públicas u organismos públicos vinculados o dependientes de
éstas, en lo referido a los expedientes administrativos que se promuevan por éstas
relativos a inmuebles de ADIF destinados a oficinas y otros inmuebles o espacios
dedicados a fines formativos o sociolaborales, cuya gestión corresponda a su ámbito
funcional y/o territorial.
13.ª Competencia para acordar la cesión temporal gratuita de espacios en
instalaciones del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para actividades
sin ánimo de lucro. Se delega en el titular de la Dirección General de Planificación
Estratégica y Proyectos la competencia para acordar la cesión temporal gratuita de
espacios en instalaciones del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para
actividades sin ánimo de lucro.
14.ª Competencia para dictar las resoluciones que correspondan al Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de conformidad con lo previsto en la Orden
cve: BOE-A-2021-16005
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
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promovidas por terceros, cuando el objeto de tales solicitudes haya de ejecutarse en la
zona de dominio público, en la zona de protección y/o dentro de la línea límite de
edificación. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la elaboración de las
propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se interpongan frente a las
resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.ª Competencias para el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones y
acuerdos de afectaciones concurrentes contempladas en los artículos 67 y 91 de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, para
la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.1 Se delega en el titular de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF,
hasta la cuantía de 1.000.000 de euros en concepto de tasa, la competencia para
resolver el otorgamiento de las concesiones y autorizaciones contempladas en el
artículo 91 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.2 Se delega en el titular de la Jefatura de Área de Ventas y Arrendamientos de
la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF las facultades de instrucción de los
expedientes que se tramiten relativos a las solicitudes de ocupación y/o utilización del
dominio público ferroviario. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la
elaboración de las propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se
interpongan frente a las resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.3 Se delega en el titular de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF, la
competencia para resolver el otorgamiento de acuerdos de afectación concurrente
contemplados en el artículo 67 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio
público ferroviario.
11.ª Competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes
tramitados de conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde
administrativo sobre bienes demaniales de titularidad de ADIF. Se delega en el titular de
la Dirección de Patrimonio y Urbanismo la competencia para acordar el inicio, instrucción
y resolución de expedientes tramitados de conformidad con la Instrucción de
procedimiento interno de deslinde administrativo sobre bienes demaniales de titularidad
de ADIF, de acuerdo con lo que, al efecto, dispone la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.ª Competencia para representar y actuar en nombre de ADIF ante las
administraciones públicas u organismos públicos vinculados o dependientes de éstas, en
lo referido a los expedientes administrativos que se promuevan por éstas relativos a
inmuebles de ADIF destinados a oficinas y otros inmuebles o espacios dedicados a fines
formativos o sociolaborales. Se delega en el titular de la Subdirección de Servicios
Generales de ADIF la competencia para representar y actuar en nombre de ADIF ante
las administraciones públicas u organismos públicos vinculados o dependientes de
éstas, en lo referido a los expedientes administrativos que se promuevan por éstas
relativos a inmuebles de ADIF destinados a oficinas y otros inmuebles o espacios
dedicados a fines formativos o sociolaborales, cuya gestión corresponda a su ámbito
funcional y/o territorial.
13.ª Competencia para acordar la cesión temporal gratuita de espacios en
instalaciones del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para actividades
sin ánimo de lucro. Se delega en el titular de la Dirección General de Planificación
Estratégica y Proyectos la competencia para acordar la cesión temporal gratuita de
espacios en instalaciones del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para
actividades sin ánimo de lucro.
14.ª Competencia para dictar las resoluciones que correspondan al Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de conformidad con lo previsto en la Orden
cve: BOE-A-2021-16005
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