III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-16006)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, sobre delegación de competencias.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120962
obligaciones derivadas de obras ejecutadas o prestadas por terceros en concepto de
reposición de servicios:
5.2.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
− En el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, a propuesta de los
órganos internos inmediatamente dependientes de aquellos, en sus respectivas áreas de
gestión.
5.2.2
Hasta la cuantía de 150.000 euros, se delega:
− En los titulares de las Direcciones dependientes de la Dirección General de ADIFAlta Velocidad, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución de
las obras de reposición, del responsable de la tramitación del expediente de gasto, o de
los órganos internos inmediatamente dependientes de los órganos delegados.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, la competencia para la ordenación
del gasto y proponer el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas o
prestadas por terceros en concepto de reposición de servicios queda reservada a la
Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Dirección General de ADIF-Alta
Velocidad.
5.3 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para reconocer las obligaciones derivadas de los expedientes
de expropiación forzosa y proponer el pago de las cuantías que resulten de los mismos:
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros la competencia para reconocer la
obligación y proponer el pago queda reservada a la Presidenta de la Entidad, a
propuesta del titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad.
5.4 Se delega, en el titular de la Secretaría del Consejo la competencia para
reconocer, a propuesta de los órganos internos directamente dependientes del mismo,
las obligaciones derivadas de sentencias firmes dictadas por los correspondientes
órganos judiciales en virtud de las cuales haya de hacer frente al pago de cuantías por
parte de la Entidad, hasta la cifra de 6.000.000 de euros.
La ordenación del pago correspondiente a las obligaciones reconocidas derivadas de
los contratos de servicios, suministros y obras prestados o ejecutados por terceros, las
relativas a la reposición de servicios, las derivadas de expedientes de expropiación
forzosa, así como las referidas al pago de las cuantías a las que ADIF-Alta Velocidad
haya de hacer frente en cumplimiento de lo dispuesto en sentencias firmes dictadas por
los correspondientes órganos judiciales, será realizada mediante el ejercicio de las
facultades de apoderamiento en materia bancaria y financiera otorgadas por el Consejo
de Administración de la Entidad.
Todas las cantidades a las que se refiere la presente delegación de competencias de
ordenación de gastos y pagos, se entienden finales, es decir, incluyendo todos los
conceptos de cualquier naturaleza, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y
netos de toda cantidad o importe satisfecho en otro momento o acto.
La Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Dirección General, dictará
cuantas disposiciones de régimen interno procedan para el desarrollo y correcta
cve: BOE-A-2021-16006
Verificable en https://www.boe.es
5.3.1 Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros: En el titular de la Dirección General
de ADIF-Alta Velocidad, a propuesta de la titular de la Dirección Corporativa de la
Entidad.
5.3.2 Hasta la cuantía de 150.000 de euros: En la titular de la Dirección Corporativa
de la Entidad, a propuesta de la titular de la Subdirección de Expropiaciones.
5.3.3 Hasta la cuantía de 60.000 de euros: En la titular de la Subdirección de
Expropiaciones, a propuesta de un órgano interno del área de expropiaciones
dependiente de aquél.
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120962
obligaciones derivadas de obras ejecutadas o prestadas por terceros en concepto de
reposición de servicios:
5.2.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
− En el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, a propuesta de los
órganos internos inmediatamente dependientes de aquellos, en sus respectivas áreas de
gestión.
5.2.2
Hasta la cuantía de 150.000 euros, se delega:
− En los titulares de las Direcciones dependientes de la Dirección General de ADIFAlta Velocidad, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución de
las obras de reposición, del responsable de la tramitación del expediente de gasto, o de
los órganos internos inmediatamente dependientes de los órganos delegados.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, la competencia para la ordenación
del gasto y proponer el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas o
prestadas por terceros en concepto de reposición de servicios queda reservada a la
Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Dirección General de ADIF-Alta
Velocidad.
5.3 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para reconocer las obligaciones derivadas de los expedientes
de expropiación forzosa y proponer el pago de las cuantías que resulten de los mismos:
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros la competencia para reconocer la
obligación y proponer el pago queda reservada a la Presidenta de la Entidad, a
propuesta del titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad.
5.4 Se delega, en el titular de la Secretaría del Consejo la competencia para
reconocer, a propuesta de los órganos internos directamente dependientes del mismo,
las obligaciones derivadas de sentencias firmes dictadas por los correspondientes
órganos judiciales en virtud de las cuales haya de hacer frente al pago de cuantías por
parte de la Entidad, hasta la cifra de 6.000.000 de euros.
La ordenación del pago correspondiente a las obligaciones reconocidas derivadas de
los contratos de servicios, suministros y obras prestados o ejecutados por terceros, las
relativas a la reposición de servicios, las derivadas de expedientes de expropiación
forzosa, así como las referidas al pago de las cuantías a las que ADIF-Alta Velocidad
haya de hacer frente en cumplimiento de lo dispuesto en sentencias firmes dictadas por
los correspondientes órganos judiciales, será realizada mediante el ejercicio de las
facultades de apoderamiento en materia bancaria y financiera otorgadas por el Consejo
de Administración de la Entidad.
Todas las cantidades a las que se refiere la presente delegación de competencias de
ordenación de gastos y pagos, se entienden finales, es decir, incluyendo todos los
conceptos de cualquier naturaleza, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y
netos de toda cantidad o importe satisfecho en otro momento o acto.
La Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Dirección General, dictará
cuantas disposiciones de régimen interno procedan para el desarrollo y correcta
cve: BOE-A-2021-16006
Verificable en https://www.boe.es
5.3.1 Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros: En el titular de la Dirección General
de ADIF-Alta Velocidad, a propuesta de la titular de la Dirección Corporativa de la
Entidad.
5.3.2 Hasta la cuantía de 150.000 de euros: En la titular de la Dirección Corporativa
de la Entidad, a propuesta de la titular de la Subdirección de Expropiaciones.
5.3.3 Hasta la cuantía de 60.000 de euros: En la titular de la Subdirección de
Expropiaciones, a propuesta de un órgano interno del área de expropiaciones
dependiente de aquél.