III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-16006)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 120959

− La cancelación de las garantías constituidas en orden a garantizar los expedientes
de abonos a cuenta por materiales acopiados o por instalaciones y equipos, una vez
cumplida la finalidad para la que fueron constituidas.
2.3 Se delegan todas las facultades correspondientes al órgano de contratación,
respecto de los contratos cuyo presupuesto base de licitación o valor estimado de
ingreso sea inferior a 60.000 euros, en los titulares de las Subdirecciones, Gerencias de
Área o Jefaturas de Área que se encuentren adscritos, o bajo la dependencia directa de
la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, y que sean determinados y propuestos por
el titular de la misma, para que sean autorizados para el ejercicio de ésta competencia
mediante resolución de la Presidenta de la Entidad.
2.4 Se delegan todas las facultades correspondientes al órgano de contratación,
respecto de los contratos cuyo presupuesto base de licitación o valor estimado de
ingreso sea inferior a 35.000 euros, en los titulares de las Gerencias de Área o de las
Jefaturas de Área que se encuentren adscritas, o bajo la dependencia directa de
Subdirecciones o de Gerencias de Área, que se encuentren a su vez adscritas a las
Direcciones dependientes de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, y que sean
determinados y propuestos por el titular de dicha Dirección General, para que sean
autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la Presidenta
de la Entidad.
2.5 Se delegan todas las facultades correspondientes al órgano de contratación,
respecto de los contratos cuyo presupuesto base de licitación o valor estimado de
ingreso sea inferior a 17.500 euros, en los titulares de las Jefaturas de Área y de las
Jefaturas con dependencia directa de Gerencias de Área o Jefaturas de Área, que se
encuentren a su vez adscritas a las Direcciones dependientes de la Dirección General de
ADIF-Alta Velocidad, y que sean determinados y propuestos por el titular de dicha
Dirección General, para que sean autorizados para el ejercicio de ésta competencia
mediante resolución de la Presidenta de la Entidad.
Los titulares de los distintos órganos que han sido referidos en los apartados 2.2, 2.3,
2.4 y 2.5 de la presente delegación de competencias, precisarán de autorización previa
por parte del órgano superior correspondiente, para el ejercicio de las siguientes
facultades:
− Las relativas a la modificación de los contratos de su competencia, cuando tales
modificaciones impliquen, aislada o conjuntamente, un adicional de gasto o un
decremento de ingreso superior al 10 % del precio de adjudicación.
− Las relativas a las certificaciones finales y liquidaciones de los mencionados
contratos, cuando tales certificaciones finales o liquidaciones impliquen un adicional de
gasto o un decremento de ingreso superior al 10 % del precio primitivo del contrato.
Todas las cantidades, a las que se refiere la presente delegación de competencias,
se entienden finales, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y se
entenderán referidas al presupuesto base de licitación o valor estimado de ingreso
cuando se actúe como órgano de contratación.
La Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Dirección General de la
entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, dictará cuantas disposiciones de
régimen interno procedan para el desarrollo y correcta aplicación de la presente
delegación de competencias, en lo referente a la actuación como órgano de contratación
por parte de los órganos delegados, en garantía de su plena eficacia.
3.ª Competencias para actuar como órgano de contratación en los expedientes
patrimoniales relativos a los contratos de arrendamiento y cesión de uso de los bienes
patrimoniales titularidad de ADIF-Alta Velocidad.
3.1 Se delegan en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, todas
las competencias para actuar como órgano de contratación en los expedientes relativos
a contratos patrimoniales de activos mobiliarios e inmobiliarios cuya gestión les

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