II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2021-15975)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 1 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 120858

4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Octava. Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará la valoración de los méritos
para los distintos puestos. Se establecerá un periodo de alegaciones.
Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Agencia Estatal de
Meteorología en un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la
finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 3,
en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados
directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de origen
de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de
titulación (artículo 76 de la RD Legislativo 5/2015 de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, tal y como se establece en la Disposición Transitoria Tercera), del
Ministerio o Comunidad Autónoma de procedencia, localidad y nivel de complemento de
destino, y, en su caso, situación administrativa de procedencia.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o funcionaria, o de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas totalmente justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los
mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que
por ello finalice la licencia que tenga concedida.
El Subsecretario del Departamento donde presta servicios el funcionario o
funcionaria podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por necesidades del
servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta a la Dirección de
Administración de la Agencia Estatal de Meteorología.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Agencia Estatal de
Meteorología podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por
razones justificadas.

cve: BOE-A-2021-15975
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Novena.